¿Cuánto dinero supone para los partidos cada voto y cada escaño conseguido?

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Este es el dinero que invierten los partidos políticos en conseguir votos y escaños en las elecciones. ¿A qué se destina el presupuesto electoral?

Al minuto: Las elecciones municipales del 28M en La Región

Se acercas las elecciones municipales que tendrán lugar el 28 de mayo este 2023 y los partidos políticos ya comienzan a hacer campaña. Para llevar a cabo estas campañas informativas, que comparten con los votantes las ideas que retransmite su programa, cada partido tiene una aportación de subvenciones y un límite de gastos, haciendo de esta forma que todos los partidos tengan unas posibilidades lo más parejas posibles.

Según el apartado 2 del artículo 193 de la Ley Orgánica el límite de los gastos electorales para las elecciones municipales de este 2023 será el resultado de multiplicar por 0,11 euros el número de habitantes correspondientes a las poblaciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación, por ejemplo, según este artículo, la campaña en la provincia de Ourense no podría exceder los 33.470,80 euros.

Por cada provincia, aquellos que concurran a las elecciones en, al menos, el 50% de sus municipios, podrán gastar, además, otros 150.301,11 euros por cada una de las provincias en las que cumplan la referida condición.

¿Cómo se financia una campaña electoral?

Los partidos acumulan una financiación para llevar a cabo sus campañas electorales, estos fondos se dividen en dos tipos, públicos y privados. De acuerdo con el apartado 1 del artículo 193 de la Ley Orgánica las cantidades fijadas para subvencionar los gastos originados por las actividades electorales para las elecciones municipales del 28 de mayo de 2023, serán las siguientes: 270,90 euros por Concejal electo y 0,54 euros por voto obtenido por cada candidatura, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera sido proclamado Concejal.

En cuanto a la financiación privada que recibe cada partido esto depende de los ingresos que cada uno reciba. Dentro de esta categoría entran las cuotas de los afiliados, donaciones recibidas o fondos provenientes de préstamos, créditos o microcréditos. Cualquier cantidad recibida por un partido como financiación privada debe ser declarada en la Cámara Nacional Electoral y recogida en los informes de campaña que serán presentados una vez finalizada esta.

Los fondos dedicados a la campaña electoral no podrán superar el límite establecido por la Ley Orgánica

¿Qué factores influyen en el coste de una campaña electoral?

Los partidos tienen una amplia variedad de opciones a la hora de invertir sus fondos, tanto los públicos como los privados, en diferentes métodos para lograr transmitir sus programas a los votantes, tratando así de captar su atención. Según la Ley Orgánica 5/1985 se consideran gastos electorales los que realicen los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones participantes en las elecciones desde el día de la convocatoria hasta el de la celebración de las elecciones por los siguientes conceptos:

  • Confección de sobres y papeletas electorales.
  • Propaganda y publicidad directa o indirectamente dirigida a promover el voto a sus candidaturas, sea cual fuere la forma y el medio que se utilice.
  • Alquiler de locales para la celebración de actos de campaña electoral.
  • Remuneraciones o gratificaciones al personal no permanente que presta sus servicios a las candidaturas.
  • Medios de transporte y gastos de desplazamiento de los candidatos, de los dirigentes de los partidos, asociaciones, federaciones y coaliciones, y del personal al servicio de la candidatura.
  • Correspondencia y franqueo.
  • Intereses de los créditos recibidos para la campaña electoral, devengados hasta la fecha de percepción de la subvención correspondiente.
  • Cuantos sean necesarios para la organización y funcionamiento de las oficinas y servicios precisos para las elecciones.

La suma de los gastos invertidos en estas actividades no podrá superar la cantidad establecida.

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