REFORMA DE LA LEY DE COSTAS

España explica a Bruselas que clarificará y flexibilizará la ocupación del dominio público marítimo-terrestre

El Gobierno precisa, en el documento sobre el Plan Nacional de Reformas remitido esta semana a la Comisión Europea, que la reforma de la Ley de Costas supondrá una clarificación y flexibilización de la ocupación del dominio público-marítimo terrestre.

Concretamente, el texto señala que se procederá a clarificar el concepto de dominio público marítimo-terrestre, así como a flexibilizar los mecanismos para su ocupación. Igualmente, explica que se flexibilizarán los usos en servidumbre de protección, al tiempo que se clarificará el régimen sancionador y la tipificación de infracciones.

Pero, a la vez, el Ejecutivo adelanta que se actuará sobre el régimen de compensaciones por la pérdida de propiedades y otros títulos y se mejorará la coordinación y cooperación entre las administraciones públicas con competencias sobre el litoral. Asimismo, se garantizará, según el Gobierno, el acceso a la información sobre la situación de los bienes y derechos en el dominio público marítimo terrestre.

Así, explica que el objetivo de estos cambios es aprobar un nuevo régimen jurídico del dominio público marítimo terrestre dirigido a conciliar 'la necesaria protección del litoral con una mayor garantía y seguridad para los titulares de derechos en el dominio público'.

'España cuenta con una importante longitud de costa (más de 10.000 kilómetros), sometida a una fuerte presión demográfica y turística, entre otros factores. Ello, junto a la fragilidad física del litoral, determina la necesidad de establecer un régimen de protección', argumenta.

MÁS FLEXIBILIDAD EN LA GESTIÓN DEL AGUA

Por otro lado, el Ejecutivo detalla la reforma de la Ley de Aguas que llevará a cabo para 'contribuir a una gestión más eficaz y coordinada'. En este sentido, plantea una gestión que preserve el 'principio fundamental de unidad de gestión de cuenca' y permita 'reaccionar con rapidez ante los problemas que se detecten en las masas de agua subterráneas, así como contar con una mayor flexibilidad para gestionar las disponibilidades de agua en las masas que cuenten con un plan de actuación'.

En este sentido, plantea la inclusión de figuras de proyección y mecanismos administrativos de actuación ante situaciones atmosféricas desfavorables, como las sequías que, en su opinión, 'han de redundar en una mejora del estado tanto cuantitativo como químico de las aguas subterráneas y de los sistemas terrestres asociados'.

Además, asegura que se llevará a cabo una simplificación administrativa, eliminando aquellos mecanismos de intervención que, por su propia complejidad, resultan ineficaces e imponen demoras para los ciudadanos y dificultades para las Administraciones Públicas.

Junto con ello, plantea incentivar, como mecanismo potestativo, la transformación de los derechos de aprovechamiento privados de aguas a derechos concesionales, con el objetivo, entre otros, de facilitar y mejorar la gestión de episodios meteorológicos e hidrológicos desfavorables. Finalmente, propone reforzar la potestad sancionadora en materia de aguas.

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