Se aplicará a terroristas, asesinos de menores, genocidios y crímenes contra la humanidad

El Gobierno da luz verde a la prisión permanente revisable

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. (Foto: S. BERRENECHEA)
La próxima reforma del Código Penal introducirá por primera vez en la legislación española la prisión permanente revisable, que se aplicará en los casos de homicidios terroristas, pero también en los asesinatos más graves de menores de 16 años, genocidios, magnicidios y crímenes contra la humanidad.
Esas son algunas de las novedades que recoge el informe que ayer presentó al Gobierno el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, sobre la reforma penal, que además de la prisión permanente incluirá otra figura novedosa: la custodia de seguridad, durante diez años y una vez cumplida la pena, para reincidentes en delitos de especial gravedad. La prisión permanente tendrá una duración indefinida y podrá ser revisada tras un tiempo de privación de libertad, que oscilará entre 25 y 35 años en función de la gravedad de las penas.

Gallardón aseguró que con ello se cumplen todos los requisitos de reinserción que marca la Constitución y es una medida equiparable a las que ya se aplican en países como Francia o Suiza. La propuesta, sin embargo, que ya fue criticada por la oposición cuando el PP la incluyó en su programa electoral, fue rechazada por algunas asociaciones de jueces, como la progresista Jueces para la Democracia (JpD), que duda de su encaje constitucional. Su portavoz, Joaquim Bosch, calificó de 'populismo penal' las medidas anunciadas por Gallardón.

No obstante, la asociación Francisco de Vitoria cree que la prisión permanente revisable es una medida 'conveniente', 'constitucional' y 'correcta'.


LIBERTAD CONDICIONAL

La reforma que prepara el Gobierno incluye también una modificación en la libertad condicional, que se regulará como una suspensión de pena para que si el penado vuelve a delinquir pueda ser devuelto a la cárcel a terminar de cumplir la condena interrumpida. Un cambio que llegará tras la polémica que rodeó a la concesión de la libertad condicional al preso etarra enfermo de cáncer Iosu Uribetxebarria Bolinaga.

Otra importante novedad es que se modifica el delito de secuestro o detención ilegal con desaparición, para que en los casos en los que no aparezca la víctima se fije una pena única equivalente a la de homicidio y para agravar las condenas cuando la víctima sea menor o exista móvil sexual.

Aunque el ministro de Justicia no se refirió a casos concretos, la reforma llega después sucesos de gran repercusión mediática en los que hubo una desaparición sin que se encontrara el cuerpo de la víctima, como el de la joven sevillana Marta del Castillo, el de los niños Ruth y José Bretón o el empresario Publio Cordón.

No obstante, la reforma no tendrá efecto retroactivo y, por tanto, no será aplicada a los delincuentes condenados con anterioridad a la entrada en vigor del proyecto que, según el ministro, responde a la 'realidad del siglo XXI' y da respuesta a aquellos delitos que 'más repugnan'.

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