El juez ve indicios de que se rebajó el importe de la fianza que las empresas debían pagar por ley

La justicia madrileña frena la privatización de seis hospitales

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid paralizó ayer el proceso de externalización de la gestión de seis hospitales públicos de Madrid, una de las medidas incluidas en el plan de sostenibilidad que la comunidad de Madrid prevé ejecutar este año.
El tribunal acepta así la petición urgente del PSM de suspender provisionalmente la ejecución de la decisión de la viceconsejería de Sanidad de la comunidad de Madrid que hacía público este concurso, que afecta a los hospitales Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, del Henares, del Sureste y del Tajo.

El pasado 11 de junio, el PSM acusó a la Consejería de Sanidad de aceptar una fianza de las empresas licitadoras a la gestión sanitaria que equivalía a un 5% del importe anual del contrato, lo que según los socialistas 'contraviene' lo dispuesto en la ley nacional, que marca que debe ser el 5% del total.

Tras esta denuncia, diputados regionales y portavoces locales del PSM presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y los tribunales ordinarios, en el que solicitaban la 'suspensión cautelar' de la privatización de la gestión de estos seis hospitales públicos.

En el auto, fechado el pasado diez de julio, el juez expone que 'cuanto menos indiciariamente podría haberse modificado el importe de la fianza definitiva a prestar por la adjudicataria del concurso según lo previsto en el pliego de cláusulas' que dio origen al concurso. Por ello, el juez accede a tomar la medida cautelar ya que, dada 'la ya inmediata adjudicación de los contratos' anunciada por la consejería, 'era más que probable que la adjudicación de los contratos se efectuara antes de la resolución judicial sobre la medida cautelar'.

Según los autores del recurso, la administración regional, de forma 'extemporánea' y mediante una corrección de errores fijó que la fianza definitiva que debían aportar las adjudicatarias en un 5 por ciento del importe anual del contrato, y no del total -los diez años fijados en el concurso-, lo que en la práctica rebajaba en un 90 por ciento este importe.

Según el PSM, esta disminución injustificada es 'arbitraria' y 'contraria' a los intereses generales y a la ley, supone una 'modificación del pliego de condiciones' y pone a la administración en riesgo ante hipotéticas insolvencias.

El juez aprecia que en este caso concurren 'circunstancias de especial urgencia' y añade que la introducción del término anual respecto al importe de adjudicación 'pudiera exceder del ámbito de rectificación de un simple error material, siendo evidente que la cuantía de la fianza contractual varía sustancialmente'.

Ayer se conoció además que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 28 de Madrid acordó formar una 'pieza separada' por estas fianzas dentro de la demanda del PSM.

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