La reforma que ultima Tráfico incluye distintos opciones en vías secundarias, desde 90 a 50 km/h

El límite de velocidad subirá a 130 en tramos de las autovías

Dos turismos circulan por una autovía cuya limitación de velocidad es de 120 kilómetros por hora. (Foto: ARCHIVO)
La Dirección General de Tráfico (DGT) dio un profundo repaso a los actuales límites de velocidad y planteó una reforma que incluye distintos límites para automóviles en carreteras secundarias, entre 90 y 50 km/h, permitir los 130 km/h en algunos tramos de autopistas y autovías, así como una reducción en otros tramos de ciudad de la velocidad a 30 km/h, según el anteproyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación.
El borrador, que tiene fecha del 25 de febrero de este año, plantea para automóviles y motocicletas una velocidad máxima en autopista y autovías de 120 km/h y en carreteras convencionales de 90 km/h con una anchura de plataforma igual o superior a 6,5 metros. Actualmente, estos vehículos están autorizados a conducir a una velocidad máxima de 100 kilómetros por hora en carreteras convencionales siempre que la vía tenga un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura.

Tráfico ya adelantó que iba a acabar con el límite a 100 km/h en carreteras convencionales, pero en la reforma fue un poco más allá y contempla un límite de velocidad entre 70 km/h y 50 km/h para estas vías que tengan una plataforma inferior a 6,5 metros de anchura. En estas carreteras convencionales estrechas que tengan una marca longitudinal de separación entre sentidos el límite será de 70 km/h y en las que no esté pintada esa marca, será de 50 km/h.


GESTIONADO POR LA DGT

Mientras, la velocidad máxima en autovías y autopistas continúa de manera general en 120 km/h, aunque la DGT contempla, como prometió, la posibilidad de aumentar hasta 130 km/h ese límite mediante paneles variables para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas asimilados a éstas.

Según señala el anteproyecto, este aumento del límite de velocidad será autorizado y gestionado exclusivamente por la DGT o, en los casos en que la competencia de la gestión de tráfico esté transferida -Cataluña y País Vasco-por la autoridad autonómica competente para la gestión del tráfico, 'de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales'.

La reforma también se contempla la eliminación de la práctica totalidad de las exenciones de uso de los cinturones de seguridad que se permiten en la actualidad (como por ejemplo los taxistas) y se prohíbe circular con menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros como ocupantes de asientos delanteros, con el objetivo de reducir la gravedad de las lesiones que puedan sufrir en caso de accidente. Asimismo, los menores de cuatro años que usen sistemas de retención de los grupos 0, 0+ y I viajarán en contrasentido de la marcha.

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