¿Qué pasará con las multas del primer estado de alarma?

photo_camera Un agente de la Guardia Civil (EFE).
Algunos expertos explican que habrá que esperar a conocer la sentencia del TC, pero otros avanzan la posibilidad de devolver, anular o revisar las sanciones

El Tribunal Constitucional declaraba ayer en sentencia la nulidad del confinamiento durante el primer Estado de Alarma. La decisión ha generado discrepancias entre jueces y expertos que solo coinciden en que "llega muy tarde".

Y aunque el TC no ha podido desplegar aún sus argumentos, la sentencia tampoco fue unánime en votación interna, ya que se sacó adelante por seis votos contra cinco. La ajustada mayoría del tribunal de garantías ha provocado la reacción inmediata de letrados y profesionales que tienen opiniones muy dispares sobre la materia.

La sentencia explica que varios puntos del real decreto con el que se implantó el primer estado de alarma, el 14 de marzo de 2020, son inconstitucionales; entre ellos, aquel que restringía la libertad de circulación al imponer el confinamiento domiciliario. 

El Estado de Alarma otorga ciertos poderes al Ejecutivo durante las épocas de crisis, como podría ser el poder de restringir un derecho fundamental como la libertad de circulación bajo amenaza de sanción. El estado de alarma es una medida que otorga capacidades excepcionales al Gobierno, pero durante un plazo relativamente reducido de tiempo: un máximo de 15 días. 

El TC admite que no duda de las medidas adoptadas para combatir los peores momentos de la pandemia de Covid-19, pero sí que tiene sus reservas sobre el instrumento legal utilizado. Considera que el Gobierno debió haber optado por el estado de excepción, que permite suspender derechos fundamentales durante el tiempo que el Consejo considere; el poder excepcional se reserva al Consejo.

El Estado de Alarma es de carácter más leve, se utiliza para crisis sanitarias, pero el Estado de Excepción permite suspender dichos derechos temporalmente. 

La sentencia llega "demasiado tarde"

La hipótesis del TC ha provocado división entre sus magistrados, sin importar su ideología progresista o conservadora, y también entre otros expertos que tildan el debate de "complejo". 

La única opinión unánime es que el Tribunal Constitucional debería haber dado "prioridad absoluta" a este asunto en su momento, pero en estos momentos ya "llega tarde". 

"¿Qué caso más importante tenía sobre la mesa?", se pregunta Gabriel Doménech, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia.

María Jesús del Barco, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), cree que "tenía que haber resuelto de manera inmediata", mientras que su homólogo en la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Jorge Fernández Vaquero, habla de un "problema serio del sistema", espcialmente cuando "se trata de una limitación de derechos contraria a la Constitución que afecta a todos".

La "fina línea" que separa los estados de alarma y excepción 

Los expertos resaltan la complejidad del debate ya que, según profesionales como la portavoz de la Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia (JJPD), Ascensión Martín, la línea entre estado de alarma y de excepción es "muy fina". "No es una cuestión nítida y la duda existía desde el primer día", señala. 

Por su parte, Del Barco, admite que desde el principio tuvo claro que debía haberse optado por un estado de excepción dado que no hubo limitación, sino "suspensión de derechos": la clave es que el estado de excepción da más control al Congreso, "que es quien debe autorizarlo". 

Pero, según el catedrático Doménech, es muy difícil discernir en unas circunstancias de pandemia como la que hemos vivido, ya que la Covid-19 representa uno de los supuestos "explícitamente contemplados" en la ley para adoptar el estado de alarma: la crisis sanitaria. En cambio, el de excepción está pensado para "problemas de orden público muy puntuales".

¿Qué pasa ahora con las multas?

Una de las preguntas centrales de la sentencia es qué ocurrirá con las sanciones que se han impuesto por quebrar el confinamiento obligado, ya que, si se reclaman a través del procedimiento adecuado, podrían quedar anuladas.

Algunos expertos explican que habrá que esperar a conocer la sentencia, pero otros avanzan la posibilidad de devolver, anular o incluso ejercitar el derecho de los ciudadanos a la revisión. 

¿Preocupa la división de opiniones?

Letrados como Andrés Ollero recuerdan que las medidas adoptadas "no fueron desmesuradas" y que la división en los tribunales a la hora de dictar sentencia es algo "muy habitual". 

El Ejecutivo y la oposición también han discutido las opiniones políticas sobre los dictámenes jurídicos, del apoyo al gobierno a la crítica de la actuación del mismo durante la crisis sanitaria. No obstante, la última palabra, como en cualquier país democrático, está en manos de los tribunales. 

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