El Supremo indemniza a una víctima del 11-M por incapacidad

El Tribunal Supremo (TS) reconoció a una víctima de los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid el derecho a ser indemnizada por la Administración General del Estado con 45.581 euros debido a la incapacidad permanente total que padece a consecuencia de este acto terrorista.
Así lo acordó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en una sentencia en la que estima el recurso de Celestina P.M. y anula la resolución de la Audiencia Nacional que en 2007 había confirmado la decisión de Interior de denegarle dicha indemnización.

La mujer viajaba en uno de los trenes en los que explosionaron las bombas y sufrió un cuadro de trastorno por estrés postraumático, del que derivaron lesiones físicas como contracturas, caídas e hipoacusia por la crisis de ansiedad y nervios con motivo de haber presenciado el atentado registrado en la estación de Atocha.

La recurrente, quien se dirigía a su trabajo como limpiadora en una clínica, tardó sesenta días en curar y le quedó como secuela estrés postraumático.

Estuvo personada como perjudicada en el juicio que la Audiencia Nacional celebró por los atentados de Madrid, se le otorgó la condición de lesionada y el Consorcio de Compensación de Seguros le adjudicó 3.906 euros como indemnización por los daños sufridos.

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