Condenado a 2 años de cárcel un profesor gallego por besar sin consentimiento a una alumna de 15 años

Audiencia provincial de Pontevedra.
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Un profesor de Matemáticas de Pontevedra es condenado a dos años de cárcel: besó sin consentimiento en reiteradas ocasiones a una alumna, y también le envió "stickers" de contenido sexual

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a dos años de cárcel a un profesor de Matemáticas de una academia pontevedresa, como autor de un delito continuado de agresión sexual, por besar en varias ocasiones en la boca a una alumna de 15 años sin su consentimiento.

Además, lo ha inhabilitado para el ejercicio de la profesión de profesor durante dos años y le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, durante tres años.

Las magistradas consideran probado en la sentencia que el acusado le envió a la víctima mensajes de WhatsApp, incluyendo stickers de contenido sexual. En septiembre de 2019, según el fallo, la esperó con una gominola en la boca, a la salida del ascensor de la academia, "dándole un beso en la boca, sin contar con su consentimiento".

Las juezas aseguran que, en otra ocasión, se presentó en el domicilio de la menor, le ofreció un café y unos dulces, la agarró por los hombros y, sin contar con su consentimiento, la besó en la boca.

La Sala también relata que, en noviembre de 2019, aprovechando que se quedó a solas con la víctima en la academia, le sujetó la cara y le dio, sin que ella lo consistiese, dos besos en la boca. Y, en otra ocasión, cuando el acusado bajaba en el ascensor con ella, "la sujetó contra la pared, y, en contra de su voluntad, la besó en la boca".

Otro día, dentro de ese periodo, y próximo a los anteriores, según el tribunal, aprovechó de nuevo que estaban solos en la academia para entrar en el aula donde estaba la víctima y, sorpresivamente, besarla en la boca, también sin su consentimiento.

El tribunal incide en que "el carácter sexual de la acción es evidente". Así, recalca que "no fueron besos de afecto", tal y como revelan las conversaciones de WhatsApp y los audios que le envió a la menor.

Las juezas destacan que "los actos de contenido sexual ejecutados por el acusado atentaron contra la libertad e indemnidad sexual de la víctima". La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.

El tribunal también ha inhabilitado a este hombre para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores durante siete años.
 

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