A la red de narcotraficantes le fueron intervenidos propiedades y efectos por 60 millones de euros

Condenados 30 procesados por blanquear capitales de la droga

Los acusados, el pasado 21 de junio, durante el juicio en Pontevedra.. (Foto: SALVADOR SAS)
La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra condenó a penas de entre seis meses y cuatro años y ocho meses de prisión a 30 de los 32 procesados en la 'Operación Cormorán' por blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas, mientras que dos de las encausadas fueron absueltas. Según la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, fueron absueltas Natividad L.S. y Saladina P.G. por retirar el representante del Ministerio Fiscal en la vista oral la acusaciones que había realizado contra ellas.
Por su parte, la audiencia pontevedresa condenó a Terezinha de Jesús Carvalho a 4 años y 8 meses de prisión y a abonar una multa de 8,1 millones de euros por un delito continuado de blanqueo de capitales derivado del tráfico de drogas. Por el mismo delito fueron condenados Antonio Gómez Eiras a 4 años y 8 meses de cárcel y a pagar una multa de 1,35 millones de euros; Lidia Niele Maia Costa a la misma pena y a abonar una multa de 8,78 millones; y Gloria Milena Salazar Quintero a un año de cárcel y una multa de un millón de euros.

Además, impuso a Benito Suárez Bouzón cuatro años y ocho meses de prisión por un delito continuado de blanqueo de capitales derivados del tráfico de drogas y una multa de 46.518.866,49 euros, y a Vanesa Pouso Cacabelos un año de cárcel y multa de 283.818 euros por un delito de blanqueo de capitales derivados del tráfico de drogas por imprudencia grave.


RECONOCIERON LOS CARGOS

Por su parte, a otros 24 procesados, que confesaron y reconocieron los cargos, les fue impuesta una pena de seis meses de cárcel como responsables de un delito de blanqueo de capitales derivados del tráfico de drogas por imprudencia grave y multas que van desde los 18.000 a los 1.031.000 euros.

El tribunal acordó, asimismo, el comiso definitivo y adjudicación al Estado, a través del fondo procedente de los bienes comisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, de la totalidad de los elementos patrimoniales incluidos en la causa.

En la sentencia el tribunal explica que el delito de blanqueo de dinero procedente del tráfico de drogas 'queda muchas veces acreditado' por la existencia de un alto nivel de vida de los acusados, por la pertenencia a un grupo de personas que 'maneja cantidades ingentes de dinero' y por la 'ausencia de toda explicación y acreditación de que el nivel económico de los acusados pudiera tener un origen ilícito'.

Al respecto, en el fallo judicial se alude a casos como el de Terezinha de Jesús Carbalho, de la que explica, en concreto, que 'no resultan verosímiles' las justificaciones de que adquiriera 'tan importante patrimonio' que posee del ejercicio de la prostitución y de la lotería que le dice que le había tocado. 'La cantidad de capital de la que era titular y que manejaba para los efectos de su lavado o blanqueo resulta imponente'.

De Lidia Niele Maia Costa la sentencia conocida ayer resalta que 'la cantidad de capital de todo tipo que manejó en tan corto lapso temporal no tiene una explicación creíble desde el ejercicio de la evaluación en conciencia y aplicación del sentido común que reclamaba su defensa'.

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