Economía e Industria asegura que la sentencia del TSXG 'no tiene ningún efecto práctico' sobre el concurso eólico

Parque eólico de Iberdrola.
La Consellería de Economía e Industria asegura que la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el pasado 24 de julio, que anula la suspensión del eólico del bipatito, 'no tiene ningún efecto práctico' sobre la aplicación del actual concurso, de 2009.
El concurso actual, subrayan fuentes de la consellería, 'continúa con total normalidad'. No obstante, agregan, 'los servicios jurídicos de la Xunta estudiarán la posibilidad de interponer un recurso ante el Tribunal Supremo'.

El departamento que dirige Javier Guerra alude a que la sentencia se pronuncia sobre la resolución de suspensión del concurso del bipartito en agosto de 2009, 'que quedó superado por la aprobación de la Ley del sector eólico, cuatro meses después'.

'Fue esta ley, aprobada a iniciativa del actual Gobierno, la que dejó sin efecto el concurso del bipartito, acordando expresamente el desestimiento de los procedimientos asociados a dicho concurso', indican.

Desde el 30 de diciembre de 2009 -con la finalización del concurso anterior 'debido a la nueva ley'-, quedó 'sin efecto' esta resolución de suspensión a la que se hace referencia, aseguran las fuentes de Economía e Industria.

'Por tanto, la sentencia afecta a una resolución de suspensión que se aprobó de manera transitoria, con el objetivo de dar seguridad jurídica al sector, mientras se tramitaba la nueva normativa eólica', abundan.

Por otra parte, en relación a la posibilidad de otorgar algún tipo de indemnización, apuntan que 'la propia ley de diciembre de 2009 también regula las indemnizaciones, estableciendo que los afectados por el anterior procedimiento podrán pedir el reintegro de los gastos ocasionados, por lo que la anulación de la suspensión no añade nada nuevo a este escenario'.

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