Dos sentencias, recurridas por el Ejecutivo autonómico, piden su devolución al personal laboral

La Xunta estudia ya cómo reponer la paga extra de 2012

José María Barreiro, durante la rueda de prensa que ofreció en Santiago. (Foto: XOÁN CRESPO)
El director xeral de Función Pública, José María Barreiro, reconoció ayer que la Xunta, a la espera de que haya sentencia en firme, ya estudia el coste que supondría la reposición de parte de la paga extra de 2012 al personal laboral de la Administración autonómica. En concreto, el alto cargo de Facenda señaló que existen dos fallos de la Justicia en este sentido, ambos recurridos por la Xunta.
El pasado octubre, la CIG dio a conocer una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) por la que se reconoce el derecho del personal laboral de la Xunta -que se rige por el V Convenio- a la percepción de la parte proporcional de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, por lo devengado durante el periodo de 1 a 14 de julio de 2012, puesto que el decreto ley 20/2012 que afecta a esta cuestión entró en vigor el 15 de julio.

Los sindicatos también reclaman la devolución de la parte proporcional de la paga extra al personal funcionario, al que correspondería lo devengado del 1 de junio al 14 de julio de 2012, pero, de momento, según señaló Barreiro, no hay sentencias favorables a este tipo de trabajadores.

En rueda de prensa en la que hizo balance sobre concursos de traslado, el responsable de Función Pública justificó que en 2014 los empleados públicos tengan la misma percepción en cuanto a pagas extraordinarias que en 2013 debido a la necesidad de 'garantizar los servicios sociales con una prestación de la máxima calidad' y para 'el cumplimiento' del objetivo de déficit fijado para las comunidades autónomas.

'Evidentemente, en cuanto las circunstancias mejoren, los ingresos de la Administración autonómica mejoren, se procederá a recuperar', destacó a preguntas de los periodistas, antes de constatar que 'estas medidas se adoptaron también, similares, para otras comunidades autónomas'.

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