Las defensas consideran que la denunciante no está legitimada

La vista comenzó con las cuestiones previas planteadas por los abogados de los inculpados que, entre otras alegaciones, hablaron de indefensión y solicitaron la nulidad del procedimiento. En el caso del letrado de Cabezas, al entender que la acusación popular, según sostiene, no estaba legitimada para actuar porque no había presentado querella y fianza cuando recurrió el auto de archivo que dictó el juez titular de Instrucción 1 el 18 de marzo de 2016. El primer magistrado que comenzó con el caso, Leonardo Álvarez, no veía delito al entender que la prevaricación estaba prescrita pero el togado se apartó porque Soto se querelló contra él ante el TSXG y pasó la instrucción a la jueza Eva Armesto. Antes, la Audiencia ordenó la reapertura al considerar precipitado el sobreseimiento.

El magistrado ponente de este pleito a la hora de dictar sentencia, Ricardo Pailos, aclaró este lunes que las cuestiones previas se resolverán en el fallo, aunque, eso sí, avanzó con la acusación popular “cumplió las exigencias que le pidieron desde el juzgado”.

Antes, la abogada que representa a la querellante, invocando el interés público que perseguía Soto en defensa del Concello, recordó que era concejala en activo cuando presentó la denuncia.

El asunto que será enjuiciado esta semana está plagado de “avatares procesales”, tal como reconoció la propia fiscal de Urbanismo, Carmen Eiró. El más llamativo es sin duda el hecho de que el anterior fiscal jefe, Florentino Delgado, era partidario del archivo. El “caso del 10%” le costó una expediente disciplinario en relación a su enfrentamiento con la abogada de la acusación popular y los retrasos en la tramitación (la denuncia es de 2014). 

Y aunque los dardos se arrojaron ayer con elegancia, el abogado de Campo Labrador aludió al  “ánimo vengativo” de la exedil socialista.

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