Admite que entró a una casa ajena a dormir y evita el veredicto de un jurado

La magistrada Amparo Lomo es la encargada de este jurado. (MIGUEL ÁNGEL)
photo_camera La magistrada Amparo Lomo es la encargada de este jurado. (MIGUEL ÁNGEL)
El acusado aceptará 6 meses de cárcel por allanamiento de una morada en Ourense.

Raúl C.L., de 23 años, evitará someterse al escrutinio de un jurado popular por el delito de allanamiento de morada por el que fue denunciado en octubre de 2021. El inculpado, según fuentes de la Fiscalía, rubricará hoy en la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Ourense una sentencia de conformidad por la que aceptará seis meses de prisión (inicialmente le pedían 15 meses).  El reconocimiento del delito y la asunción de responsabilidad evitará la formación de un tribunal popular.

El allanamiento de morada es unas de las infracciones penales que es competencia de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, aunque en el caso de Ourense el delito que más se ha juzgado en estos últimos 25 años (el primer juicio fue en 1997) es el de homicidio/asesinato. Antes de la reforma del Código Penal en 2015, otro de los habituales eran los incendios forestales.

Los hechos que hoy se sentenciarán en la Audiencia sucedieron entre las 18.00 horas del 16 de octubre de 2021 y las 13.00 horas del día siguiente.  Raúl accedió sin autorización a una vivienda de la avenida de Portugal. Su moradora estaba ausente por problemas de salud.  Los agentes de la Policía Nacional se personaron a las 14.00 horas del día 17 porque una vecina que había quedado encargada de dar de comer al perro se percató que había un joven en el interior de la vivienda.  Los agentes, que detuvieron al “okupa”, comprobaron que incluso había ropa suya colgada.

El atestado policial dio pie a una causa penal por allanamiento de morada: castiga “al particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador”.

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