Jueces y fiscales buscan acusaciones alternativas para evitar un trámite 'engorroso y gravoso'

Los atajos legales reducen al mínimo los juicios con jurado

El jurado popular es un procedimiento del que procuran huir no sólo la mayoría de los ciudadanos preseleccionados para formar parte de él -el Decanato de Ourense recibe decenas de excusas cada año, en muchos casos, 'peregrinas' o 'falsamente racistas' con el fin de que sus autores sean descartados como potenciales jurados-, sino también los otros actores de la Justicia. Jueces y fiscales, y abogados cuando así lo aconsejan sus intereses, recurren cada vez más a los amplios vericuetos que ofrece la ley para sortear el trámite de los juicios por jurado popular.
La estadística así lo atestigua, con una muy baja constitución de jurados. En lo que va de año se ha celebrado uno; en 2010 se convocaron tres, y dos de ellos por homicidio; en 2009, uno; en 2008, otro. Entre los delitos que la Ley del Jurado recoge que deben ser juzgados por un tribunal de ciudadanos se encuentran los de homicidio, las amenazas condicionadas, la omisión del deber de socorro, el allanamiento de morada, los incendios forestales, la infidelidad en la custodia de documentos, el cohecho o la malversación de caudales públicos, entre otros.

Entre estos delitos, los hay más susceptibles de ser incoados o calificados de modo tal que conduzcan a un jurado. Es el caso del allanamiento de morada, 'ante el que se buscan alternativas como las coacciones, un tipo delictivo muy parecido, con una pena equivalente, y cuya tramitación, sin embargo, evita el tribunal ciudadano, que por razones obvias es más engorroso y, por supuesto, más gravoso para la administración', señalan fuentes de la judicatura de Ourense.

En la última memoria de la Fiscalía se admite que 'parece una realidad que todos los operadores jurídicos conocemos que el allanamiento de morada 'puro' se intenta evitar forzando todos los elementos legales de competencia objetiva el evitar el cauce procesal de la tribunal del jurado, dada su complejidad'. En el caso de las amenazas condicionadas, se intenta acusar por variantes del mismo tipo delictivo. Cuando se trata de incendios forestales, 'el objetivo es llegar, siempre que existe una posibilidad, a una conformidad', reconocen desde la Fiscalía. En general, los procedimientos por jurado popular muestran un índice de conformidad relativamente elevado, ya que en los últimos años se sitúa en torno a un 75 por ciento.

Puede darse el caso que, ante delitos como el homicidio, se prime un delito menor, como la tenencia ilícita de armas. Precisamente este es el caso del juicio que se celebrará a mediados de febrero en la Audiencia de Ourense, en el que se juzga a Ramón Fernández, vecino de Riobó (Cenlle) por el crimen, en febrero de 2009, de María Socorro da Silva, una joven de origen brasileño abocada a la prostitución. Ante él tendrá a tres magistrados porque junto al homicidio concurre la acusación por tenencia ilícita de armas.

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