Violencia machista

“Como te separes, te mato"

La jueza valora que la víctima vive presa del pánico y sufre crisis de bloqueo por violencia de género. Condena al marido, en prisión provisional al apreciarse riesgo extremo para la vida da la mujer, a dos años 

A la jueza del Penal 1, que juzgó un caso de amenazas y quebrantamiento de condena en el contexto  de la violencia de género, el pasado día 22, le quedó constancia, a través de todos los testigos que comparecieron, que la esposa de Ahmed K. vive presa del pánico. En la vista oral, la denunciante llegó a sufrir una indisposición , que hizo preciso movilizar al 061. En el parte de asistencia, se hace constar que fue atendida "por ansiedad y crisis de bloqueo por violencia de género".

El inculpado no asume que la que fue su mujer, con dos hijos en común, no quiere seguir con él y, según se puso de relieve en la vista oral, la amenaza cuando tiene ocasión, aunque la víctima no siempre lo comunica por miedo.

La sentencia del Penal valora el testimonio de la víctima porque no consta resentimiento hacia el que fue su esposo

La mujer en el juicio sufrió una crisis de ansiedad por lo que tuvo que ser movilizado el 061 para que la atendiera

El policía que le presta protección como víctima de violencia machista - la valoración del riesgo para su vida es extrema,- lo expresó de forma contundente: "Él tiene un sentimiento de propiedad respecto a ella y los menores". Siempre que llama para ver cómo se encuentra está nerviosa y llora. "Para ella es un sin vivir", aseguró el agente.

La jueza, a la hora de ponderar la condena, tuvo en cuenta un mensaje en árabe que le mandó el encausado el 30 de agosto del pasado año: aparece un hombre de espaldas que hace ademán de sacar una pistola que lleva en la parte de atrás de la cintura y un texto que reza, según el traductor: "No me gusta la venganza, sino en defensa de mi honor y para mis hijos, incluso si no se quedan huérfanos, todavía sigo unido en matrimonio contigo y me corresponde un derecho, según la sharía, y tampoco hay motivo para la traición".

Pero el caso que llegó a juicio partió de una denuncia por un incidente el 7 de septiembre cuando la perjudicada dejó a sus dos hijos pequeños en el punto de encuentro. En el momento en que regresaba para su casa, acompañada de una amiga, por la calle Cardenal Quevedo vio a Ahmed K. que colocaba cosas en el maletero y al verla le dijo: "Hija de puta, te voy a matar, aquí o en Marruecos, aunque vaya a la cárcel por tu culpa; como te separes te mato; sé todo lo que estás haciendo". Hasta la niña de cuatro años, le dijo a su padre que se callase. Posteriormente, el acusado circuló despacio forma paralela a su pareja y la amiga hasta llegar al cruce del semáforo de la avenida de la Habana con más insultos y amenazas. 

En ese momento, la denunciante sufrió un ataque de pánico y llamó al policía que la protege. "Me va a matar, me va a matar", le dijo antes de explicarle lo sucedido.
El policía le indicó que se fuera a la Comisaría y que allí se encontrarían. Según relató el agente, la mujer no paraba de llorar y no quería denunciar por temor a que la matase. Pero, pese a que ella fuera reacia, el policía iba a actuar de oficio.

La magistrada que vio el caso tiene en cuenta el testimonio de la perjudicada. "No media causa de incredibilidad subjetiva, al no constar que presentara la denuncia movida por resentimiento hacia Ahmed K., habiendo quedado acreditado que no denunció las amenazas vertida por WhatsApp por miedo".

Además, dice la sentencia, constan corroboraciones periféricas que otorgan verosimilitud a lo relatado por la denunciante: la captura de pantalla del móvil; la declaración del agente que tiene asignado y la amiga que iba con ella.

El inculpado, en virtud de una condena de 9 de octubre de 2018 por malos tratos, no podía aproximarse a ella a menos de 500 metros durante 16 meses, así como comunicar con ella por un tiempo similar. 

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