Un auto del Contencioso-administrativo 1 de Ourense abre también la vía a la responsabilidad penal

El Concello deberá demoler la depuradora de Reza en un plazo de 10 meses o será multado

Instalaciones actuales de la estación depuradora de aguas residuales, en Reza.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Ourense acaba de emitir un auto en el que insta al Concello a ejecutar en un plazo de 10 meses la sentencia que ordena la demolición de la depuradora de Reza, todo ello con apercibimiento expreso de que de no ser así se le impondrán multas coercitivas que pueden oscilar entre los 150,25 euros hasta los 1.502,53 euros, además de abrir la vía a posibles responsabilidades penales. Desde el Concello aseguraban ayer que ‘es más de lo mismo’.
Diez meses, ni uno más ni uno menos. Es el plazo del que dispone el Concello de Ourense para dar cumplimiento ‘total y efectivo’ a la sentencia del Contencioso-Administrativo 1 de Ourense (2003), ratificada posteriormente por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (2006), sobre la depuradora de Reza. Esto es, para proceder a su demolición.

Así lo explicita el auto que acaba de emitir el juzgado ourensano y que deriva de la petición de ejecución de la sentencia solicitada por el letrado José Luis Brea Sanmartín en nombre y representación de uno de los vecinos afectados. Además, en la ejecutoria, en la que se recoge expresamente dar cuenta al ‘señor alcalde-presidente del Concello de Ourense’, se apercibe a la institución municipal de que si en ese plazo, improrrogable, no procede a su demolición se le impondrán multas coercitivas que pueden oscilar entre los 150,25 euros hasta los 1.502,53 euros y que irán sucediéndose hasta la completa ejecución del fallo judicial.

El auto recoge, incluso, la posibilidad de apertura de la vía penal para exigir la responsabilidad que pudiera corresponder. Y todo ello, pese a que el propio escrito reconoce que el Concello le informa de los trámites que está dando de cara a solventar la problemática de la depuradora, pendiente de que se conozca la nueva ubicación.

Brea Sanmartín mostraba ayer su satisfacción porque ‘tras una lucha de año y medio, es la primera vez que el Juzgado impone al Concello un plazo de ejecución’, mientras que hasta ahora, explica, lo que venía haciendo era remitirle a la institución autos reclamando explicaciones de los pasos que está desarrollando en relación al conflicto de Reza. No obstante, desde el Concello aseguraban ayer que se trataba de ‘más de lo mismo’ y que siguen remitiéndole documentación sobre los pasos dados al objeto de cumplir la sentencia.



LOS HECHOS


Un conflicto que arranca en 2002 El presente auto se deriva del recurso que se seguía en el Contencioso-administrativo 1 de Ourense a instancias del abogado Brea Sanmartín en representación de un vecino de Reza contra el acuerdo municipal del 3 de octubre de 2002 por el que se acordó otorgar licencia de apertura de una depurada en el mencionado lugar y a la que se sumaron después más afectados. La denuncia se amparaba en la cercanía a la casas de esta instalación y los malos olores que generaba. El recurso fue estimado en 2003, ordenando la demolición de la depuradora, y ratificado en 2006 por el Alto Tribunal gallego. Pese a no derribarla, el Concello alega que cumple con la ley al buscar la protección medioambiental y al ‘hacer todo lo posible por darle solución’, en relación a una nueva ubicación.


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