La condena al entrenador de hockey Tito Piñeiro, por abuso sexual a una menor, llegará al Supremo

El inculpado (izquierda) con su abogado, Jorge Álvarez, en los juzgados.
photo_camera El inculpado (izquierda) con su abogado, Jorge Álvarez, en los juzgados.

Admitido el recurso de casación de la defensa tras ratificar el TSXG la pena de cuatro años de cárcel al entrenador de hockey sobre hierba, Tito Piñeiro, por un delito de abuso sexual

El caso del entrenador de hockey hierba ourensano Tito Piñeiro, condenado por la Audiencia Provincial de Ourense a cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de una jugadora de 14 años a finales de 2021, llegará al Tribunal Supremo tras la admisión a trámite del recurso de casación interpuesto por el abogado del acusado, Jorge Álvarez, una vez conocida la sentencia confirmatoria del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). 

El TSXG ratificó, a finales de 2023, la condena de la Audiencia Provincial de Ourense que impuso a Tito Piñeiro cuatro años de cárcel, cinco años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante el mismo periodo, así como el pago de una indemnización a la perjudicada de 8.000 euros y la prohibición del desempeño de actividad de entrenamiento de menores, sea o no retribuido, durante seis años.

"Contradicciones"

Álvarez aseguró ayer a este diario que “respeto la sentencia del TSXG, pero no la comparto porque hay contradicciones y le da validez a ciertos testimonios que para mí no la tienen; ya no es solo una cuestión de que estime que hay un error en la valoración de la prueba, sino que también baso el recurso de casación en un recurso por infracción de ley porque considero que no está bien aplicado el tipo penal que se utiliza”. 

El abogado manifiesta que “usan el tipo de abuso sexual, yo planteo en este caso una absolución porque entiendo que no existe y, subsidiaramente, pido que, si se le condena, se haga por un delito de abuso sexual sin tener en cuenta el agravante de que haya una superioridad que entiendo que no ha quedado probada”. En este sentido, afirma que “se basan en que era el entrenador de esta chica, pero no solo con ser el entrenador se puede establecer con ello un agravante de superioridad, habrá que ver también cuánto tiempo estuvieron entrenando, porque si coincidieron como parece apenas 15 días, considero que no lo hay”. 

 El TSXG consideró probado que, en septiembre de 2021, cuando comenzó el adiestramiento, tras recoger a la víctima en su vehículo para trasladarla al entrenamiento, como era habitual, la llevó a un almacén de material deportivo situado en la parte exterior trasera de las instalaciones municipales en las cuales entrenaban, bajo el pretexto de que iba a regalarle alguna camiseta.

Una vez allí, según relatan los jueces, se sentó en una silla y le dijo a la menor que se sentara en sus rodillas, lo que realizó “mediatizada por las circunstancias”, según la sentencia de la Audiencia Provincial. Tras ello, el acusado “la agarró y la sentó sobre él a horcajadas y comenzó a tocarle las piernas, así como los pechos por encima del sujetador, llegando a agarrarle las nalgas y, separándole la mascarilla, le dio un beso en la boca”. 

Al día siguiente, siempre según la sentencia de la Audiencia Provincial, el condenado recogió nuevamente a la menor y, tras preguntarle si estaba enfadada, “le insistió para que lo acompañase de nuevo al almacén para recoger un palo de hockey”. Una vez allí, volvió a abusar sexualmente de ella. 

La menor mostró su oposición, llegando a coger el teléfono móvil para llamar a su madre, si bien el acusado se lo sacó de las manos, permaneciendo en dicha actitud hasta que se hizo tarde para el comienzo del entrenamiento. Como consecuencia de estos hechos, la víctima dejó de practicar hockey.

Te puede interesar