El dueño de la empresa donde se produjo el accidente laboral acepta una pena por una falta leve

El fiscal retira los cargos a cuatro de los cinco acusados por la muerte de un obrero en 2004

 El responsable de la empresa, el segundo por la derecha, en el pasillo del Pazo de Xustiza. (Foto:  Xesús Fariñas)
La muerte por accidente laboral de un trabajador de ‘Feldespatos Sarreaus’ en 2004 sentó ayer en el banquillo de los acusados a cinco miembros de esta empresa. No obstante, un acuerdo previo a la celebración del juicio permitió retirar los cargos contra cuatro de los acusados, fijando para el responsable de la empresa una pena de dos meses de multa por una falta de imprudencia leve. La sentencia debe dirimir ahora si se deben abonar los intereses por el pago de la aseguradora, como pide el fiscal y la acusación.
Visto para sentencia quedó ayer en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense el juicio que sentó en el banquillo de los acusados a cinco miembros de la empresa ‘Feldespatos Sarreaus’, debido al accidente laboral que en diciembre de 2004 le costó la vida de José Benito Portela, trabajador de esta empresa que se encontraba conduciendo una draga sobre una balsa de agua y el vehículo volcó sobre sí misma, quedando la cabina completamente sumergida y provocando la muerte del operario por asfixia.

Antes de la vista oral, los abogados de los cinco acusados y de la compañía aseguradora, Banco Vitalicio de España, llegaron a un acuerdo con el Ministerio Fiscal y la acusación particular. Así, fueron retirados los cargos contra la esposa del administrador de la empresa, el encargado de personal, el responsable de interlocución con la empresa ajena de prevención de riesgos laborales y del delegado de prevención de ‘Feldespatos Sarreaus’. Aunque en un principio el escrito de acusación del fiscal solicitaba una pena de tres años de prisión para cada uno de ellos por un delito contra los derechos de los trabajadores y de homicidio por imprudencia, finalmente quedaron absueltos y libres de cargos. Este acuerdo permitió también que no fuese necesaria la declaración de los 14 testigos citados.

El administrador de la empre sa, Benjamín L.G, aceptó una pena de dos meses de multa a razón de 12 euros diarios como acusado por una falta por imprudencia leve.

En lo único en lo que no hubo acuerdo durante el juicio fue en la responsabilidad civil por este asunto. El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan el pago de intereses por la demora en el cobro de la indemnización (170.000 euros para los dos hijos y la viuda del fallecido). Según la defensa de la compañía aseguradora, ésta abonó entre 2007 y 2008 la cantidad de 150.254 euros, cumpliendo así ‘con su obligación compensatoria’, recalcando, además, que no ha lugar a intereses porque dicha indemnización se tramitó antes de que se produjese una sentencia firme. La acusación particular, por su parte, señaló que entre la fecha de la muerte y el pago de la compensación pasaron más de tres años, ‘y la compañía pagó cuando formulamos el escrito de acusación’, por lo que sí entiende que sea legítimo el pago de intereses, tal y como también contempla el Ministerio Fiscal.

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