OURENSE

Los fiscales detectan un ‘repunte' de delitos contra la intimidad entre los menores

La difusión de imágenes o vídeos sexuales aumental mientras el resto de delitos descendieron

El entorno informático ha proporcionado a los adolescentes un medio para la comisión de infracciones penales que se extienden y, a la vez, preocupan. El fiscal delegado de Menores en Ourense, José Ucha, asegura que los delitos contra la intimidad o coacciones derivadas de la exhibición de fotos o vídeos con contenido sexual más allá del ámbito privado, un fenómeno conocido como sexting, pasaron de ser casi un anécdota hace sólo dos años a experimentar “un repunte importante en la actualidad”, con algún caso sobre su mesa todos los meses.

En este fenómeno al alza, no ha sido ajena la disponibilidad por parte de los jóvenes de móviles de última generación que posibilitan el envío de imágenes o vídeos , unido a la ausencia de una cultura de la privacidad y toma de conciencia real de los riesgos que implica el envío de imágenes eróticas. Tanto por parte del emisor, "quien no toma consciencia que con el envío, aunque sea a una persona de su confianza, deja de controlar ese material íntimo, como del receptor, quien al reenviar las imágenes a otros conocidos infravalora la responsabilidad de su difusión", matiza Ucha.

Una imprudencia con responsabilidades graves en el ámbito penal ya que la divulgación de imágenes sexuales “se encuadra dentro de un delito contra la intimidad del artículo 192.2 del Código Penal”, explica el fiscal de Menores. O incluso infracciones más graves cuando esos contenidos son utilizados para acosar a sus protagonistas.

Todas estas conductas, tal como explica el abogado especialista en Menores Albino Ferreira, son sancionadas dentro de un amplio abanico de medidas contempladas en la Ley de Menor, "adecuándolas a la personalidad del menor infractor y teniendo en cuenta el informe del equipo técnico del juzgado".

Los fiscales ourensanos en la mayor parte de los casos, cuando la difusión no es masiva y no hay amenazas por medio, suelen recurrir a la libertad vigilada y la obligación de asistir a cursos de desarrollo personal y de habilidades sociales. Estos últimos, "encaminados a inculcar el respeto del infractor hacia sus semejantes en sus relaciones sociales o afectivas", señala Ferreira. Sin olvidar que el menor puede ser obligado a indemnizar patrimonialmente a la víctima por daños morales, respondiendo solidariamente sus padres o tutores. En otras ocasiones, los delitos cometidos a través de nuevas tecnologías reciben respuestas en forma de soluciones extrajudiciales de ahí que las estadística no refleje el alcance real.



Identidad digital

Para el letrado, en el fenómeno del sexting a través de aplicaciones como WhasApp, Viber, Tango o Skupe se da una paradoja reseñable: “Sus protagonistas son hijos de la era tecnológica pero, sin embargo, a la hora de la verdad los adolescentes no son conscientes de su identidad digital, y conceptos como la intimidad se les escapan”. A su juicio, habría que hacer hincapié en el uso responsable de las nuevas tecnologías -alfabetización digital- sin dejar de lado una educación efectivo-sexual adecuada. 

El pasado año, último del que se disponen estadísticas delictivas en la jurisdicción de Menores, los delitos contra la intimidad aumentaron en un contexto en el que la delincuencia juvenil, por segundo año consecutivo, descendió. 



Menos delitos

El descenso tiene especial significación estadística en los delitos contra la propiedad: hurtos (se pasó de 47 en 2012 a los 31 del pasado año), así como los delitos de robo con fuerza (de 48 a 29) e intimidación (de 36 a 16).

Para los dos fiscales de Menores, José Ucha y Carmen Eiró, un factor importante que justifica el descenso de la delincuencia entre los adolescentes (14 a 17 años) reside en que "la población juvenil es cada vez más escasa y el fenómeno de la crisis ha provocado el regreso de los no nacionales a sus países de origen".

Las infracciones penales más preponderantes son las lesiones entre los jóvenes (89 casos en el último año), seguido del delito de daños (40) y los hurtos (31). Las peleas que dan origen a un expediente de reforma se circunscriben, según los instructores, en "los lugares de ocio y el ámbito escolar". En el caso de lesiones leves o cuando se trata de delincuentes primarios (delinquen por primera vez), se suele acudir a medidas extrajudiciales que evitan ir a juicio. En estos casos, aseguran los fiscales, "el menor delincuente asume su responsabilidad, indemniza a la víctima y se compromete a realizar tareas socioeducativas - una prestación en beneficio de la comunidad- y, de esta forma, se archiva el procedimiento".

En cuanto al acoso escolar, hubo dos denuncias en 2013 encauzadas en diligencias por delitos contra la integridad moral. A juicio de José Manuel Ucha, "la mayoría de los casos denunciados por acoso escolar son casos aislados y puntuales que tuvieron encuadre penal en el ámbito de las faltas de lesiones, maltrato de obra, vejación injusta o coacción leve".

Mayor problema presentaron, sin embargo, los delitos de violencia doméstica ejercida por los menores sobre sus padres y hermanos (hasta 20 casos en 2013. La denuncia de los padres suele ser el último recurso ante una situación familiar límite en la que, según los fiscales, "suele haber una ausencia de trabajo previo por parte de Atención Primaria y de las instituciones administrativas educativas y de protección de menores". Sin olvidar, que muchos casos no tienen el reproche penal adecuado porque llegado el día de la audiencia los padres aminorar la conducta de sus vástagos, lo que desemboca en una sentencia absolutoria.

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