Una gasolinera, multada con 3.000 euros por vulnerar derechos sindicales

El Juzgado Social número 3 de Ourense condenó a la empresa ‘Antela Estación de Servicio’ a indemnizar con 3.000 euros a la Confederación Intersindical Galega (CIG) por haber violado el derecho fundamental de libertad sindical de la agrupación al despedir a dos de sus trabajadoras, que se presentaron como candidatas de la federación en las elecciones sindicales en la citada empresa.
La sentencia reconoce que la empresa ‘trató de influir en el proceso electoral’ y vulneró el derecho de libertad sindical, recogido en el artículo 28 de la Constitución, tanto de las trabajadoras como del sindicato. De esta forma ‘causó un perjuicio’ a la CIG, por lo que ‘considera adecuado’ que la empresa le abone 3.000 euros. Anteriormente, los Juzgados Sociales de Ourense obligaron a la patronal, a través de las sentencias de fecha 04/05/2008 y 11/06/2008, a readmitir a las trabajadoras Olga Rodríguez y Ana Belén Cuquejo por haber sido objeto de ‘despidos nulos’. Las dos empleadas ya se incorporaron a sus puestos.

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