concello

Un juez decidirá sobre el nombramiento del jefe de Personal del Concello

<p></p>
photo_camera Carmen Dacosta y Ledicia Piñeiro, a la entrada del edificio judicial. (M. ÁNGEL)

Su letrado dice que las bases le perjudicaron porque trabajó en la Diputación

El juez del Contencioso Administrativo 2 de Ourense, José Andrés Verdeja, dejó ayer visto para sentencia la demanda por la que los nueve concejales del PSOE y OUeC recurrieron el decreto de la concejala de Personal, Flora Moure Iglesias, de julio de 2016 en el que se oficializaba el nombramiento de Francisco Javier Rodríguez-Nóvoa González como jefe de Servicio de Recursos Humanos del Concello de Ourense tras un proceso de selección basado en un concurso de méritos. Los dos grupos de la oposición cuestionan la convocatoria de una plaza "a la medida", según sostienen, para designar a una persona que fue edil del PP en el Concello, con Manuel Cabezas como alcalde, y trabajó en la Diputación.

La concejala socialista Carmen Rodríguez Dacosta recordó, antes del inicio de la vista, que su grupo ya criticó, cuando salieron las bases, que estas fueron "hechas a medida para esta persona".

Los recurrentes pretenden que el magistrado declare nula dicha designación al entender que las bases que sustentan la selección beneficiaron a Rodríguez Nóvoa. El letrado que los representa habló de "desviación de poder" en la contratación en tanto que, a su entender, "se utilizó la potestad pública para beneficiar a un candidato concreto".

La demanda plantea una vulneración de derechos constitucionales -derechos de igualdad, mérito y capacidad- en aspectos como la valoración del trabajo desarrollado previamente y la antigüedad. En este sentido, cuestiona la valoración del trabajo desarrollado por los aspirantes: la experiencia en el Concello de Ourense puntúa un 18% más que en otros concellos o un 44% más respecto al resto de administraciones públicas.

Pese a que el abogado de Rodríguez Nóvoa -esta personado en el proceso- admite que los criterios de valoración del trabajo desarrollado y la antigüedad del aspirante que figuran en las bases pueden ser inconstitucionales, recordó que "el candidato mejor valorado volvería a ser el señor Rodríguez Nóvoa, con un punto más que el segundo".

El criterio de la antigüedad, según explicó, juega en su contra: "Mi representado ha sido perjudicado por la diferente puntuación otorgada en función de la administración en la que se prestaron los servicios y la antigüedad, ya que donde él los ha prestado no es en el Concello de Ourense sino en la Diputación", explicó. Para recordar, a renglón seguido, que el hipotético beneficiario de tal infracción -el clasificado en segundo lugar- "no haya presentado recurso de ningún tipo ni en vía administrativa ni judicial".

En todo caso, según valoró, este vicio no podría conllevar la nulidad de todo el procedimiento sino, a lo sumo, "sólo procedería retrotraer el procedimiento al momento anterior a la baremación de los aspirantes".

Tanto la asesora jurídica del Concello como el letrado del jefe de Recursos Humanos del Concello hicieron hincapié en que el puesto se ajusta a una RTP (Relación de Puestos de Trabajo) aprobada en 2012 cuando gobernaba el PSOE, con el visto bueno de los sindicatos presentes en la mesa de negociación. Explicaron que ya en 2009 incluso se modificaron los requisitos de titulación para ese puesto, eliminando la necesidad de ser licenciado en Derecho, Económicas y Empresariales, una cuestión que incluso llamó la atención al juez. 

Te puede interesar