EL AGRESOR NO PODRá ACERCARSE A SU ESPOSA A MENOS DE 300 METROS PORQUE EL DISPOSITIVO ELECTRóNICO MOVILIZARíA A LA POLICíA

El juez excarcela a un maltratador sometiéndolo a control telemático

Dispositivo electrónico para el control del maltrato.

El Juzgado de Instrucción número 3 de la ciudad, que asume en exclusividad los asuntos de violencia de género, acordaba en la mañana de ayer la libertad provisional de un maltratador, con residencia en la ciudad, con la condición de que esté sometido a un control telemático que garantice que cumple la medida cautelar de alejamiento con respecto a su esposa acordada en el auto de excarcelación. Esta es la primera vez desde que se implantó este tipo de controles, en julio de 2009, que se aplica en la provincia, la única de Galicia en la que no estaban en marcha.

El juez instructor, conforme a la petición del Ministerio Fiscal, acordó una distancia de seguridad de 300 metros, de ahí que, toda vez que el agresor la rebase, la Policía se movilizará. Según fuentes judiciales, el imputado, quien permaneció en la cárcel una semana, supuestamente perpetró graves lesiones a la víctima que justificaron, primero, el encarcelamiento y, ahora, una medida de alejamiento bajo estricto control.

Fuentes de la Secretaría de Estado de Igualdad valoraron la implantación de esta medida en una provincia que, hasta la fecha no la había demandado, porque, según apuntan, 'hace efectivo el derecho de la víctima a su seguridad, documenta el posible quebrantamiento de la medida de alejamiento y disuade al agresor'.

La implantación de estos dispositivos está regulada en el artículo 64.3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta última prevé la posibilidad de que los órganos judiciales acuerden la utilización de instrumentos tecnológicos adecuados para controlar el cumplimiento de las medidas de alejamiento impuestas de forma cautelar en los procedimientos penales que se sigan por violencia de género.

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