La Xunta, a raíz de las últimas modificaciones sobre el uso de la mascarilla por parte del Gobierno central, ha decidido exigir su empleo a la hora de practicar ejercicio en las vías públicas. Los cubrebocas se llevarán a la hora de hacer ejercicio por espacios de tránsito o lugares de circulación habitual de viandantes en ese momento.
La mascarilla no será exigible para el deporte individual al aire libre, solo durante el ejercicio y cuando se garantice la seguridad con la distancia de al menos 1,5 metros con personas no convivientes. Para el consumo de tabaco, cigarrillos electrónicos, alimentos o bebidas se exceptuará en el momento del consumo y será fuera de los lugares habituales de circulación.
En playas, no necesaria
En el caso de las playas u otras zonas de baño, no se necesitará ni en el agua ni en otros momentos en los que se mantenga la distancia sin desplazamientos.