Multa millonaria en Valdeorras por no pagar las cuotas de sus trabajadores

Un pizarrero de Valdeorras, condenado por la Audiencia a dos años de prisión por un delito contra la Seguridad Social

La Audiencia Provincial de Ourense sentó ayer en el banquillo de los acusados al empresario pizarrero Eleuterio A. L. por un delito contra la Seguridad Social por no pagar las cotizaciones de sus trabajadores, que sumaban un valor de 392.805 euros. El enjuiciado reconoció todos los hechos que le imputaban y llegó a un acuerdo de conformidad, por el que aceptó una pena de dos años de cárcel, una multa de 1.178.416 euros y el pago, en concepto de responsabilidad civil, de todas las cuotas adeudadas.  El tribunal le advirtió de que se le suspenderá la condena de prisión con la condición de que no delinca durante los próximos cinco años.

El método usado por el denunciado para intentar evadir el pago de las cuotas de sus empleados era “ir encadenando sucesivas altas y bajas de sus trabajadores” en diferentes sociedades de las que era el único propietario: Pizarras del Norte, Lufe Pizarras, Luma Pizarras y Nova Piznor. De este modo, cuando se acumulaban los impagos administrativamente imputables a una de ellas, formalizaba una nueva entidad “limpia de deudas” y aparentemente desvinculada de la anterior.

Este mecanismo consistente en trasvasar las altas y bajas laborales de una empresa a otra dificultaba el cobro de las cuotas a la Tesorería General de la Seguridad Social. El tribunal considera probado que el encausado “guiado por el ánimo de defraudar a la Seguridad Social, ha eludido el pago de las cuotas debidas pese a detraer la cuantía correspondiente de las nóminas de sus trabajadores”.

Rebaja de la condena

Además, aunque la Unidad de Recaudación Ejecutiva realizó diferentes actuaciones para conseguir el cobro de la deuda, ninguna de ellas obtuvo resultado.

La Fiscalía solicitaba inicialmente para Eleuterio A. L. una condena de cinco años de cárcel y una multa de 1.571.221 euros, que supone el cuádruple de la cantidad defraudada, además del pago, en concepto de responsabilidad civil, de 392.805 euros, que es el perjuicio económico total causado a la Seguridad Social por el impago de los seguros. Finalmente, las tres partes llegaron a un acuerdo de conformidad, por lo que la sentencia no podrá ser recurrida.

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