“Papá 2” violó a la hija de su expareja en A Gudiña tras darle una copa

El juicio se celebró el pasado día 4 a puerta cerrada.
photo_camera El juicio se celebró el pasado día 4 a puerta cerrada.
La Audiencia de Ourense le impone 10 años de cárcel a un vecino de A Gudiña por violar a la hija menor de su expareja cuando ella tenía 13 años y él, 27

El reconocimiento de que mantuvo una relación sexual con la hija de su expareja y la excusa de que esa noche había bebido alcohol no le han valido a un vecino de A Gudiña de 27 años para aminorar su responsabilidad penal. La Audiencia de Ourense solo tiene en cuenta la atenuante de reparación del daño (el inculpado consignó 6.460 euros en la cuenta judicial para que le sean entregados a la víctima) y deja la pena por agresión sexual en 10 años de prisión. Aunque ese dinero no satisface la indemnización fijada por la sala, 15.000 euros, por los daños morales ocasionados a la adolescente: sufre depresión, tiene pensamientos suicidas, ansiedad y problemas de concentración, entre otros.

Los jueces aprecian una agresión sexual agravada porque el autor, para la ejecución del delito, se prevalió de una relación de superioridad o parentesco. “En el acto agresivo examinado medió el singular aprovechamiento del vínculo familiar y emocional existente con la menor y la situación de especial seguridad y ascendencia que el acusado inspiraba en la misma para consumar la violación”. La sala considera irrelevante examinar una eventual prestación del consentimiento, ya que la víctima tenía 13 años

El condenado mantuvo una relación sentimental con la madre de la menor entre 2014 y 2021, con la que convivió y tuvo dos hijos. Aunque la relación sentimental se rompió en 2021, había un fuerte vínculo afectivo y de confianza con el acusado

Los hechos que fueron juzgados el día 4 en la Audiencia de Ourense ocurrieron el 2 de marzo del pasado año cuando el inculpado recogió a la menor en Viana, a donde había ido a disfrutar del entroido. La madre y su expareja acordaron que él la llevaría a casa. Antes de llegar, el agresor le propuso a la joven tomar una copa en el bar que él regentaba y que estaba cerrado al público. La menor le dio un trago a la copa y al poco rato se quedó dormida encima de la mesa.  La relación sexual ocurrió cuando ella se despertó y comenzó a besarla, según dicen los jueces, “valiéndose del estado de semiinconsciencia en que se encontraba y con ánimo libidinoso”. Quedó grabada en las cámaras de seguridad del local.

El relato de la víctima

Los magistrados subrayan que el relato de la víctima es “claro, reiterado y digno de crédito”, al tiempo que asegura que, en todo momento, “ha relatado de forma prácticamente monocorde el reiterado ataque sexual que sufrió, relato verosímil y creíble y que aparece corroborado por las pruebas documental, pericial y testifical practicadas, en unión del expreso reconocimiento de autoría del imputado”.

En el juicio quedó acreditado a través de los testigos que la menor confiaba plenamente en el exnovio de su progenitora. Incluso en su teléfono móvil tenía lo tenía referenciado como “papá 2”.  La víctima -recoge el fallo- “no obtiene ganancia secundaria con la presentación de la denuncia”. Más aún, las psicólogas forenses apreciaron que la menor experimenta “un cierto síntoma de culpabilidad por estimar que causará perjuicio con su denuncia a la atención de sus hermanos menores ante la pérdida de libertad del acusado” (está en prisión provisional).

La sección segunda de la Audiencia, además, le impone la prohibición de acercarse al domicilio o lugar en que se encuentre la víctima y de comunicarse con ella durante 12 años. La resolución no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.

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