SENTENCIA

El Sergas pagará 105.324 euros por una muerte en el CHUO

El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Santiago ha condenado al Sergas a una indemnización de 105.324 euros a la familia de un paciente que falleció de un disección aórtica tras un "error de diagnóstico" en el Servicio de Urgencias. 
 

Los hechos se remontan al año 2003 cuando la mujer fallecida, de 57 años, acudió al Punto de Atención Continuada de Xinzo por un dolor en epigástrico, irradiado a cuello, opresivo, con náuseas y sudoración. El médico del PAC remitió a la paciente al Servicio de Urgencias del CHUO, donde llegó sobre las 22,00 horas. En él, la mujer fue atendida por una médico residente (MIR) de Medicina de Familia, en rotación por ese servicio, es decir, "una médico con una formación muy inferior al médico del PAC de Xinzo", según señala la asociación El Defensor del Paciente. Tras la exploración y unas pruebas complementarias, "pero no suficientes", y pese a las quejas de la familia de que había antecedentes de muerte súbita en familiares en primer grado, la facultativa remitió a la paciente a su domicilio con el diagnóstico de epigastralgia inespecífica y cita preferente para cardiología.

La paciente siguió con dolor "insoportable" y regresó a Urgencias del CHUO a las pocas horas del alta previa, donde esta vez fue vista por un médico adjunto al servicio, quien ya no pudo hacer nada por la paciente, que falleció de una disección aórtica, sin tener la asistencia adecuada", apunta.

En la sentencia, se considera que el fallecimiento se debió a "un error de diagnóstico inicial que conllevó un retraso terapéutico en el tratamiento de la lesión". El fallo judicial estima que se trata de un caso de "pérdida de oportunidad terapéutica", puesto que la "simple realización de un TAC en la primera visita de la paciente a Urgencias podría haberse detectado la lesión vascular. n

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