“Hay sesgo de género” en la absolución de Ratón, dice el letrado de la joven

Álvaro Ratón, entrando en el edificio judicial. (MARTIÑO PINAL)
photo_camera Álvaro Ratón, entrando en el edificio judicial. (MARTIÑO PINAL)
El caso por una supuesta agresión sexual, en la Audiencia por segunda vez

El “caso Ratón” retorna a la Audiencia Provincial de Ourense por segunda vez. El guion se repite, tras el recurso presentado por el abogado José Manuel García Sobrado, quien representa a la joven que denunció al portero del Zaragoza por una supuesta agresión sexual y lesiones  a la salida de un pub en la Noche de San Juan de 2018 en Carballiño.

La magistrada del Penal 1, tras ordenarle la Audiencia en noviembre de 2021 que repitiera la sentencia por error en la valoración de la prueba, lo absolvió de nuevo en un fallo notificado el pasado mes. Esta vez, en una sentencia de 32 folios, no consideró creíble la versión de la joven por falta de persistencia en la incriminación y las contradicciones detectadas, sobre todo en relación al lugar en el que se produjo el supuesto ataque.

Pero la denunciante no tira la toalla y optó por recurrir por segunda vez. El abogado alega nulidad de actuaciones y vulneración de derechos constitucionales. 

Entre los argumentos que esgrime el recurso, el letrado reprocha a la jueza “falta de imparcialidad vinculada con un sesgo de género en una materia sensible como son los delitos sexuales”. La absolución, entiende el letrado, “pivota impúdicamente sobre el cuestionamiento radical de la credibilidad de la víctima, a quien escudriña inquisitivamente en sus manifestaciones, en cada centímetro de su cuerpo, en su entorno y su comportamiento social y hasta en su vestimenta”. Incluso ofrece un porcentaje: “El 41,6% del contenido de la resolución se dedica en exclusiva a la víctima (…). Frente a ello, la sentencia no dedica ni una sola línea a la valoración del testimonio del acusado”. No está de acuerdo con la valoración de las lesiones -incompatibles con agresión denunciada- que realiza la juzgadora: “Es intolerable que una mujer tenga que probar una agresión sexual con su propio cuerpo lesionado”, sostiene García Sobrado.

Otro de los argumentos que esgrime el recurso, presentado en el día de ayer en el Penal 1, incide en la huella psíquica. “La juzgadora no ha llevado a cabo valoración alguna de los testimonios (plurales y coincidentes) que han referido un daño psíquico y que constituyen corroboraciones periféricas”, mantiene el letrado. Según explica, “no ha evaluado ni valorado si ese daño psíquico era o no congruente con los hechos denunciados”.

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