El TSJC suspende cautelarmente el aplazamiento de las elecciones catalanas del 14F

photo_camera El vicepresidente de la Generalitat, Pere Aragonés (c); el presidente del Parlament, Roger Torrent (i), y el 'conseller' de Exteriores, Bernat Solé. (EFE)
De momento mantiene en vigor la convocatoria de los comicios, a la espera de resolver el fondo de la cuestión

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado suspender cautelarmente el decreto del Govern del pasado viernes que aplazaba las elecciones autonómicas catalanas al próximo 30 de mayo, con lo que de momento mantiene en vigor la convocatoria del 14F. En un auto, que no se puede recurrir, el alto tribunal catalán acepta la medidas cautelarísimas solicitadas por un particular que ayer impugnó el decreto del Govern que acordaba suspender las elecciones del 14F al agravarse la pandemia y fijar una nueva convocatoria electoral para el 30 de mayo próximo.

La sala contenciosa ha acordado la suspensión provisional del decreto, sin esperar a resolver sobre el fondo del asunto, para evitar que su decisión final tenga efectos "irreversibles" sobre la convocatoria electoral del 14F, que exige poner ya en marcha el proceso para llevar a cabo la votación.

Por ese motivo, los magistrados acuerdan suspender el decreto "por causas de urgencia extraordinaria", de forma que el proceso electoral para el 14F continúe mientras resuelven sobre el asunto "con la mayor agilidad".

Aunque aún no ha decidido sobre el fondo de la cuestión, la sala sí aprecia que el decreto del Govern "puede tener incidencia en el ámbito del derecho fundamental" reconocido en el artículo 23 de la Constitución -a la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos mediante elecciones periódicas- y recuerda que el aplazamiento del 14F se ha acordado en el marco del mismo decreto de alarma en que se convocó, por la pandemia de coronavirus.

El auto recuerda que los comicios del 14F fueron convocados el pasado 21 de diciembre, por disolución automática del Parlament, y que el proceso electoral "tiene una duración de 54 días" con distintos plazos, muchos de ellos sucesivos, que afectan a la formación de las juntas electorales, las mesas, el nombramiento de interventores, las candidaturas, la propaganda o el voto por correo.

Te puede interesar