Vendió joyas ajenas, pero no será penado por su enfermedad

Juan Carlos V.V., de 40 años, será absuelto de un delito continuado de apropiación indebida y otro de hurto por el Juzgado de lo Penal 2 en virtud de la modificación del escrito de calificación del ministerio fiscal, que aplicó una eximente completa de enajenación mental.

El inculpado en agosto de 2011 acudió a una relojería de Amoeiro para comprar joyas logrando que el titular del negocio le permitiera llevar a casa varias piezas, valoradas en 15.096 euros, para que pudiera verlas su hermana y sobrina. Posteriormente, las vendió por 2.230 euros. Posteriormente, en octubre, en el mismo negocio, se apoderó de un reloj y una cadena valoradas en 6.600 euros en un descuido que vendió en una local de compra-venta de oro.

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