El Constitucional reprueba
 el trato desigual a los medios

El Tribunal ampara a una emisora de Castellón que denunció haber sufrido mobbing institucional

El Tribunal Constitucional (TC) emitió esta semana una nueva sentencia contra el 'mobbing' institucional a los medios de comunicación. En concreto, el TC estimó el recurso de amparo solicitado en su día por Radio Castellón contra el Ayuntamiento de Burriana por considerar que sufrió discriminación en la contratación de publicidad institucional. La emisora denunció que el Ayuntamiento le dejó sin campañas publicitarias durante cinco años, a pesar de mantenerse como líder de audiencia. Esta sentencia se suma a otras similares obtenidas en los últimos meses por la misma emisora de radio en otros municipios de la zona, como el propio Castellón, Vila-real, La Vall d'Uixó o en la Diputación Provincial.

La emisora estuvo cinco años sin recibir ingresos por inserciones publicitarias institucionales y achacó en su recurso el “mobbing” de las administraciones locales a su difusión de información sobre el "caso Fabra". Los ayuntamientos, por su parte, alegaron en su defensa que "los precios de la emisora eran los más altos" y en ningún caso se dio tal discriminación.

El Constitucional declara en su sentencia que no encuentra motivos de la discriminación "por razones ideológicas, de tendencia u opinión", pero sí considera "vulnerado su derecho fundamental a la igualdad ante la ley en relación con la libertad de información" que garantiza la Constitución Española.

Asimismo, reprueba "el trato desigual" a la cadena de radio y afirma que su exclusión, así como todas las que se pudieran realizar sobre otros medios de comunicación, "limita a una parte representativa de ciudadanos la información que aquel ente público considera necesario transmitir".

Con la sentencia, el Alto Tribunal refuerza la jurisprudencia existente sobre esta cuestión y, como explicó José Ramón Chaves, magistrado en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia a "El Confidencial", desplaza la carga de la prueba hacia la Administración, bajo el principio de "facilidad y disponibilidad probatoria".

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