Cataluña descarta aumentar la velocidad a 130 según la zona por 'envejecimiento' de su parque móvil

La Ley de Tráfico duplicará las sanciones por alcohol y drogas

Agentes de la Guardia Civil realizan un control en carretera.
El Gobierno remitió ayer a las Cortes el proyecto de reforma de la Ley de Tráfico que permitirá incrementar hasta 130 kilómetros por hora la velocidad máxima en determinadas condiciones y tramos de autopistas y autovía, y duplicar la multa por consumo de alcohol y drogas al volante hasta 1.000 euros.
La reforma, en concreto en el límite que se establecerá para la velocidad en algunas zonas, ya encontró la primera oposición en algunas comunidades, como por ejemplo Cataluña, que ya avanzó ayer que no permitirá la circulación a 130 porque considera que el parque automovilístico que circula por sus carreteras está envejecido y, por culpa de la crisis, en deficientes condiciones de seguridad.

Según subrayó el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, tras el Consejo de Ministros, algunas de las medidas, como la subida de la velocidad, no entrarán en vigor hasta que no se apruebe el Reglamento de Circulación, previsiblemente en marzo. Tampoco lo hará antes de esa fecha la reducción de los límites de velocidad en las carreteras convencionales o secundarias y en vías urbanas, pero sí entrarán en vigor a finales de año, cuando las Cortes aprueben la reforma de la ley, las sanciones por alcohol y drogas o el uso obligatorio del casco de la bici en ciudad para menores de 18 años. La utilización para el resto de ciclistas en las urbes no se decidirá hasta que concluya el debate que se lleva a cabo en subcomisión.


CAMBIOS EN LA LEY

En términos generales, y una vez se apruebe la reforma, el límite máximo de velocidad en autopistas y autovías será el actual, 120, y sólo se subirá a 130 en determinados tramos en función de su índice de siniestralidad, características de la vía o condiciones climatológicas.

El texto mantiene la prohibición de conducir con drogas en el organismo, pero establece la excepción para aquellas personas que tengan que consumirlas por prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora, como las que reciben tratamiento para desengancharse.

El proyecto prevé que en los casos de exceso de velocidad la multa llevará aparejada, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con independencia de que el límite máximo sea de 120 km/h o 130 km/h.

Otra de las novedades respecto al texto original se refiere a los los atropellos cinegéticos, de manera que, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Pero cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de la práctica de la caza (en un coto, por ejemplo), el responsable será el propietario del terreno, y si es por la falta de reparación lo será el titular de esa vía.


PRUEBAS A PEATONES

La reforma incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no sólo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro.La prueba salival será el medio preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo.

El texto prohíbe el uso de detectores de radar, que serán multados con 200 euros y tres puntos. También regula los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros. Se incorporan dos nuevos supuestos de inmovilización del vehículo: el incumplimiento de las condiciones para la circulación de vehículos (horarios, peso máximo autorizado, etc), y la conducción sin el permiso para camiones o autobuses.

Te puede interesar