Un juez de Huelva, fan declarado del mago de Oriente, entiende que hay un problema de jurisdicción

El rey Baltasar no tendrá que responder por un caramelazo

Baltasar saluda a unos niños tras una cabalgata de Reyes el 5 de enero.
Un juez de Huelva, que se declara seguidor del rey Baltasar, archivó ayer una denuncia contra el rey mago por el caramelazo que sufrió una vecina durante una cabalgata de Reyes, y argumenta además una posible falta de jurisdicción para juzgarlo porque desconoce la nacionalidad del denunciado.
En el auto de archivo el titular del Juzgado número 4 de Huelva, Javier Pérez Minaya, hace constar la existencia de posible causa de abstención para juzgar al rey Baltasar, indicando que 'sin poder ciertamente afirmar que existe una amistad con el denunciando' reconoce que éste, con el concurso de los reyes Melchor y Gaspar, le vinieron ofreciendo 'anhelados presentes cada 6 de enero desde que tenía uso de razón'.

Sin embargo, considera oportuno dejando libertad a la parte denunciante para que, si lo estima oportuno, pueda recusar, y ello por considerar que, tal vez, la persona denunciada no sea en realidad el rey Baltasar, sino otra persona, pues 'alguna duda puede suscitar a este respecto la denuncia cuando, tras resaltar en letra de gran tamaño y negrita que se dirige la acción penal contra el Rey Mago Baltasar, indica que se refiere a la persona que representaba al mismo en la cabalgata'. Asimismo, aborda Pérez Minaya una posible falta de jurisdicción y de competencia, pues de no existir dudas en que el denunciado fuera realmente el propio Rey Baltasar, podría darse un supuesto de inmunidad de jurisdicción que, conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) impediría la acción de los tribunales españoles.


'VA DE SUYO'

En este sentido, asegura el juez que 'no es concebible una Cabalgata de los Reyes Magos sin que en la misma se arrojen caramelos a los espectadores desde cada una de las carrozas, al igual que no es concebible una fiesta de carnaval sin disfraces, va de suyo'.

Explica además el magistrado que la participación en determinados acontecimientos, como puede ser el de la Cabalgata de Reyes, supone el consentimiento o la aceptación de riesgos, mayores o menores, que esa participación conlleva (lo que se conoce como 'riesgo permitido'), excluyente de cualquier responsabilidad penal. 'Si usted juega un partido de fútbol, corre el riesgo de lesionarse', señala.

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