Sanidad estudia excluir a solteras y lesbianas de la inseminación

El borrador presentado por el Ministerio de Sanidad al grupo de trabajo de la cartera común básica de servicios asistenciales de reproducción humana asistida (RHA), incluye dentro de sus criterios de inclusión solo a parejas integradas por mujer menor de 40 años y hombre mayor menor de 55 años, lo que deja fuera de los mismos a mujeres solteras y parejas de dos mujeres.Los otros dos criterios de inclusión hacen mención también únicamente a parejas, señalando que para su acceso estas no deben tener un hijo común previo y sano y que la mujer no debe presentar algún tipo de patología en la que el embarazo pueda entrañarle un grave
El borrador presentado por el Ministerio de Sanidad al grupo de trabajo de la cartera común básica de servicios asistenciales de reproducción humana asistida (RHA), incluye dentro de sus criterios de inclusión solo a parejas integradas por mujer menor de 40 años y hombre mayor menor de 55 años, lo que deja fuera de los mismos a mujeres solteras y parejas de dos mujeres.Los otros dos criterios de inclusión hacen mención también únicamente a parejas, señalando que para su acceso estas no deben tener un hijo común previo y sano y que la mujer no debe presentar algún tipo de patología en la que el embarazo pueda entrañarle un grave riesgo, tanto para su salud como para la de su posible descendencia.

Fuentes de Sanidad recuerdan que se trata un borrador que se elevará a las comunidades autónomas en el próximo Consejo Interterritorial del Sanidad el próximo martes, 23 de julio, y, por tanto, cualquier decisión saldrá tras el debate en dicho foro.

En cuanto a los criterios de exclusión, el borrador, ciertamente no habla de parejas del mismo sexo ni de mujeres solteras, y sí expone 5 motivos por lo que no se podrá optar a estos tratamientos. Así, será motivo de exclusión la esterilización voluntaria previa de cualquier miembro de la pareja; la existencia de contraindicación médica documentada para el tratamiento de la esterilidad; la existencia de contraindicación médica documentada para la gestación; la existencia de situación médica documentada que interfiera de forma grave sobre el desarrollo de la descendencia; y la incapacidad para cumplir el tratamiento por motivos relacionados con la salud, familiares o relacionados con el entorno la pareja.

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