el supremo y la separación de bienes

La regulación del régimen matrimonial de separación de bienes del Código Civil contiene tres reglas coordinadas.
Primera, la obligación de ambos cónyuges de contribuir al levantamiento de las cargas del matrimonio, la separación de bienes no exime a ninguno de los cónyuges de dicho deber. Segunda, puede contribuirse con el trabajo doméstico, no es necesario que ambos cónyuges aporten dinero u otros bienes para sufragar las cargas, sino que el trabajo para la casa es considerado como una forma de aportación a los gastos comunes cuando uno de los cónyuges sólo tiene posibilidades de contribuir de esta manera y ello para que pueda cumplirse el principio de igualdad constitucional. Tercera, el trabajo para la casa no solo es una forma de contribución, sino que constituye también un título para obtener una compensación en el momento de la liquidación del régimen económico matrimonial.

El Tribunal Supremo, en sentencia del pasado 14 de julio, ha sentado doctrina jurisprudencial en relación al derecho a obtener la compensación por haber contribuido uno de los cónyuges a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico. Se requiere que habiéndose pactado el régimen de separación de bienes, se haya contribuido a las cargas del matrimonio sólo con el trabajo realizado para la casa. Sin que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge.

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