Los empleados de hogar cobrarán al menos el salario mínimo interprofesional y dos extras

El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las empleadas del hogar a partir del 1 de enero de 2012 y que les garantizará, entre otros derechos, el pago en metálico de un salario igual al salario mínimo interprofesional (SMI) en cómputo anual -de 8.979,60 euros en 2011-. Además, este colectivo dispondrá de dos pagas extraordinarias de una mensualidad cada una al año, frente a las equivalentes a 15 días que percibían hasta ahora.
En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, calculó que estos cambios permitirán aflorar 150.000 empleos -actualmente hay unas 300.000 personas afiliadas en este colectivo-, lo que redundará en una mayor recaudación para la Seguridad Social.

Esta nueva regulación, que viene a actualizar la que estuvo vigente los últimos 25 años, precisa además que no será posible efectuar ningún descuento sobre esa cuantía salarial en concepto de retribución en especie por manutención o alojamiento. Además, cuando exista un salario en especie, éste no podrá superar el 30% de las percepciones salariales, límite que actualmente estaba en el 45%.

El Gobierno prevé además que sea el acuerdo mutuo entre empleador y empleado el que establezca las posibilidades de incrementos salariales (antes vinculados a la antigüedad) y que, en su defecto, se aplique el incremento medio que para ese año marque el acuerdo marco sobre negociación colectiva negociado por los agentes sociales.

Por otro lado, la nueva norma mantiene la causa de extinción del contrato por desestimento, que deberá comunicarse de forma expresa, en el que el empleador no tiene por qué alegar causa o justificación alguna. Si bien, el Gobierno eleva la indemnización a la que tiene derecho el trabajador de siete a 12 días por año. El Real Decreto no contempla, sin embargo, un sistema de prestación por desempleo, pero mandata la creación de un grupo de trabajo, como el constituido en el caso del de cese de actividad de los autónomos, que analizará y evaluará las alternativas para crear por primera vez un sistema específico para este colectivo, con el objetivo de tenerlo articulado en 2013.

Otros de los derechos reconocidos en el articulado es el de un contrato formalizado por escrito, siempre que su duración sea superior a cuatro semanas, frente a la regulación actual que permite el contrato verbal.

Te puede interesar