Entre otras medidas, exigirá tres impagos antes de la ejecución y limitará los intereses de demora

El Gobierno revisa las normas que regulan los desahucios

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, durante la rueda de prensa. (Foto: CHEMA MOYA)
El Gobierno tiene previsto cambiar la Ley Hipotecaria con el fin de que solo se produzcan desahucios en el caso de que se produzcan tres impagos de la hipoteca, en lugar de un solo impago como se exige hasta ahora y también limitará los intereses de demora de las hipotecas.
Así lo anunció ayer la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros donde indicó que estas medidas se introducirán vía enmienda al nuevo Decreto Ley, después de conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que determinó que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

En concreto, a partir de ahora se exigirá que las ejecuciones hipotecarias se lleven a cabo sólo si ha habido tres impagos de la hipoteca. En la actualidad, la Ley contempla que la entidad bancaria puede iniciar un procedimiento de ejecución a partir del primer impago.

Además, el Ejecutivo tiene intención de determinar como abusivas algunas cláusulas y eliminarlas del ordenamiento jurídico. Así, pretende limitar los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero, que actualmente son del 4%), de modo que no podrán superar el 12%. Un porcentaje bastante inferior al que actualmente cobran algunos bancos, que puede llegar a rondar el 20%, como denunciaron algunos de los afectados. 'Se va a introducir una enmienda en el nuevo decreto de ley de manera que se reduzcan los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero. No se podrá pactar un interés de demora por encima de ese interés', precisó Santamaría.


MÁS COMPETENCIAS

Asimismo, pretende incrementar los impagos mínimos para poder ejecutar la hipoteca, elevar el valor mínimo de subasta de la vivienda con respecto al precio escriturado, o dar más competencias a los jueces para aplicar quitas sobre la deuda pendiente tras el lanzamiento.

Por otra parte, Santamaría se refirió a la dación en pago que aparece en la sentencia del TUE, una fórmula que, dijo, ya recoge el derecho español desde hace mucho tiempo pero que, a su juicio, 'no evita el problema del lanzamiento'. 'La dación en pago es dejar las llaves y se da por saldada la deuda, pero el inquilino se queda en la calle', apuntó.

Al respecto, el Congreso amplió hasta el 21 de marzo el plazo de presentación de enmiendas a la iniciativa legislativa popular (ILP) de dación en pago retroactiva, moratoria y parque público de vivienda en alquiler.

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