La familia presentará ante la consellería una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios causados

La Agencia de Protección de Datos sanciona por ‘infracción muy grave’ a Educación por revelar datos de una menor

La Agencia de Protección de Datos ha sancionado como ‘infracción muy grave’ a la Delegación en Pontevedra de la Consellería de Educación por revelar datos de salud y un informe de escolarización de una menor minusválida de Catoira en agosto de 2008. Se trata de una resolución administrativa que no conlleva compensación económica.
Según informó hoy en declaraciones el abogado de la familia, Cipriano Castreje, los hechos por los que se sanciona a Educación tuvieron lugar en agosto de 2008 al publicar varios medios de comunicación gallegos datos de salud relativos a la hija menor de edad de la denunciante, Mónica Sumay, obtenida por fuentes ‘procedentes de la propia consellería’.

‘La consellería no podía revelar datos personales de la niña’, comentó el letrado, en alusión a información publicada sobre su rendimiento académico, el grado de minusvalía de la menor y otros.

Por ello, Castreje señaló que ahora Educación ‘tendrá que abrir un expediente disciplinario a quien filtró la información a los medios’ que publicaron la información, los cuales, según aclaró, ‘no han cometido ninguna irregularidad’. ‘Tiene que dirimir --la consellería-quien ha filtrado y cómo se ha hecho’, apostilló.

De este modo, el abogado incidió en que ‘tiene que haber una sanción’ que le impida a quien filtró la información acceder a un cargo de libre designación. ‘Sanción tiene que haberla tras cometerse una infracción muy grave en la Administración’, dijo.

En la resolución de marzo de 2010 la Agencia Española de Protección de Datos ha declarado que la Consellería de Educación, a través de su delegación en Pontevedra, infringió la Ley de Protección de Datos, señalando que el deber de confidencialidad ‘obliga no sólo al responsable del fichero, sino a todo aquel que intervenga en cualquier fase del tratamiento de los datos’.

‘Y los datos de salud que se revelaron de la niña no podían ser conocidos por ninguna persona o entidad ajena fuera de los casos autorizados por la ley, pues en eso consiste precisamente el secreto’, señala la resolución.

Al respecto, puntualizó que en este caso se detallaban los datos personales de la hija de los denunciantes, con indicación de la fuente que reveló la información a un medio de comunicación, y, además, se publicaban los antecedentes, que resultaban de un informe de escolarización elaborado por el equipo de orientación de la Consellería de Educación, y se ofrecían detalles de salud de la menor, tales como la discapacidad de la niña, su retraso cognitivo, el grado de minusvalía y su nivel curricular.

‘NO HA SIDO NEGADO’

La agencia considera probado que Educación, a través de su delegación en Pontevedra, ‘reveló a terceros datos personales de la hija de los denunciantes’, incluidos los relativos a su grado de discapacidad y otras lesiones, ‘circunstancia que no ha sido negada por dicha entidad en las distintas oportunidades que le fueron ofrecidas’, matizó.

‘Esa información no puede ser facilitada a terceros salvo consentimiento de los afectados, por ello la agencia recoge los argumentos de los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Galicia, en representación de los padres de la menor, que señalaron que la divulgación del grado específico de minusvalía de la menor o el detalle de las lesiones que padece, efectuada públicamente a través de los medios de comunicación por la Consellería de Educación, no está amparada por el derecho fundamental de la libertad de expresión e información recogidos en la Constitución’, explicó.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Los padres de la menor, por una sentencia dictada hace un mes por el Juzgado de lo Contencioso Número 1 de Pontevedra, consiguieron que su hija permaneciera escolarizada en el centro de su municipio después de que la consellería la obligara a acudir a un centro especial debido a la diversidad funcional de índole intelectual que padece. ‘Y ahora la Agencia de Protección de Datos les otorga igualmente la razón’, resaltó el letrado.

La familia tiene previsto, según apuntó Castreje, presentar ante Educación una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios causados, especialmente a la menor, por la divulgación de los datos. En el caso de que no sea compensada, estudiará recurrir a la vía contenciosa.

Tras conocerse el fallo judicial hace un mes, la Consellería de Educación destacó que éste ‘desautoriza al anterior gobierno bipartito’ que, según dijo, ‘pretendía escolarizarla en un centro de educación especial de Vilagarcía’.

Por ello, había optado por no recurrir la sentencia ‘a la vista de las pruebas y los informes y teniendo en cuenta que el fallo judicial sólo desautoriza decisiones políticas equivocadas adoptadas por el anterior delegado del bipartito’.

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