Qué es el "child grooming": el delito que pone en peligro a los menores en internet

Los agentes del Equipo @ de la Guardia Civil de Ourense investigan delitos telemáticos.
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Conoce las claves para identificar este delito

Los delitos en red se han multiplicado casi por 10 en la última década. Y, en pandemia, aumentaron especialmente, incrementándose el tráfico de material pornográfico infantil en España un 750%.

La fiscal de la sala del Tribunal Supremo y coordinadora nacional contra la criminalidad informática, María Elvira Tejada de la Fuente, ha abordado en el Foro La Región de este jueves la situación de la ciberdelincuencia en nuestro país. 

Tejada de la Fuente ha hecho hincapié en los ciberdelitos contra los más jóvenes, que "son muy vulnerables ante las agresiones en la red porque son nativos digitales". Además, según indica la fiscal, la situación es "más preocupante" por la falta de denuncias: "las víctimas son niños y muchas veces non son conscientes de que están sufriendo una agresión".

Para combatir estos nuevos delitos es necesario adecuar la legislación a la nueva realidad. Por eso, Tejada de la Fuente destacó la incorporación como delito de la figura del "child grooming" en el año 2010. Se trata del acoso sexual a menores en internet que "sanciona el aprovechamiento de las tecnologías para acercarse a los más jóvenes con fines de carácter sexual, ya sea para tener contactos directos o para obtener material pornográfico de ellos".

Pero lo relevante de esta figura, explica la fiscal, es que se sanciona "el acto preparatorio aunque no se llegue a tener contacto con el menor. El hecho de aprovechar las tecnologías para ese fin ya es delito". 

La pornografía infantil virtual

Tejada de la Fuente también explicó cuáles son las claves para que un vídeo sea considerado pornografía infantil virtual.

En primer lugar, "es necesario que represente a menores participando en un acto sexual explícito, ya sea real o simulado, o los órganos sexuales de un menor con fines, predominantemente, sexuales". Ese contenido puede elaborarse "a partir de niños reales, personas reales que simulen ser niños o artificialmente, total o parcialmente". Y, además, que sea realista: "cualquiera observador externo lo debe percibir como imágenes reales".

En España, es delito "la elaboración, la distribución y la posesión, aunque sea para el propio consumo" de este tipo de material.

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