Celanova Decide recurre ante el Tribunal Constitucional el recuento de votos

Antonio Puga en la toma de posesión como alcalde de Celanova
photo_camera Antonio Puga en la toma de posesión como alcalde de Celanova
A pesar de haber logrado formar gobierno, el candidato de Celanova Decide, Antonio Puga, ha anunciado dos recursos ante el Tribunal Constitucional por el error en el recuento de votos en las pasadas elecciones municipales

En una rueda de prensa posterior al pleno de Celanova convocada por el candidato de Celanova Decide, y en la que ha estado presente la candidata electa no proclamada Pilar Regueiro López,  Antonio Puga ha insistido en la gravedad de los hechos ocurridos desde la transcripción errónea detectada la misma noche electoral del 28M, "alterando gravísimamente o resultado electoral, modifícase de xeito inxustificado a vontade que o pobo de Celanova manifestou libremente nas urnas, réstanse a CD 108 votos da súa lexítima pertenencia e privase tanto a nosa Agrupación”.

Unos hechos que relató pormenorizadamente y donde hizo público por primera vez un certificado firmado por la secretaria de la Junta Electoral de Zona de Ourense expedido el 5 de julio de 2023 en el que, en su apartado 2, recoge que “no se procedió a la apertura del sobre primero correspondiente a la Mesa B, Sección 001, distrito 03, del Ayuntamiento de Celanova”. Y acto seguido, en el apartado 3 del mismo documento constata que “dado que no se abrió el sobre primero de la Mesa B, Sección 001, distrito 03, del Ayuntamiento de Celanova, (...) el resultado que se reflejó en el acta de escrutinio fue el que figuraba en la aplicación 28M elecciones locales 2023".

Llegados a este punto, y pese a haber logrado la mayoría de votos para asumir hoy el bastón de mando, Puga anunció: ”Temos xa interpostos dous recursos de amparo ante o Tribunal Constitucional fronte as decisións do TSXGA, e quedan pendientes de presentación, -cando menos-, tanto dun Recurso Extraordinario de Revisión fronte a un acto administrativo firme, -como son considerados a día de hoxe o de escrutinio e o de proclamación-, e un eventual Recurso de Nulidade frente aos mismos no suposto de que se persista en non correxir un erro que está a causar unha evidente vulneración de dereitos a tódolos afectados polo seu contido”.

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