Coronavirus

¿Habrá restricciones de aforo en bares, tiendas o espectáculos en la nueva normalidad?

Una dependienta controla la entrada de clientes en el Zara del centro comercial. FOTO: MARTIÑO PINAL
photo_camera Una dependienta controla la entrada de clientes en el Zara del centro comercial. FOTO: MARTIÑO PINAL
A partir del próximo 21 de junio, cuando termine el estado de alarma, todo el país deberá seguir las medidas que recoge este miércoles el Boletín Oficial del Estado y que indica las normas para las actividades de hostelería y restauración, los establecimientos comerciales y las actividades de ocio.

Tras la aprobación en el Consejo de Ministros del decreto ley para regular la denominada nueva normalidad, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este miércoles las normas a seguir hasta que pandemia de coronavirus deje de suponer un riesgo para los españoles. Esto significa que previsiblemente hasta que haya una vacuna o se desarrolle un tratamiento para controlar la COVID-19 las medidas seguirán vigentes en todo el territorio nacional.

Uno de los aspectos que más interés despierta entre los ciudadanos es el relativo al control de aforo en tiendas, bares, restaurantes y a la hora de realizar espectáculos. ¿Habrá límite de personas para estas actividades como ocurre ahora en la desescalada?

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, indicó al respecto que "corresponderá a las autoridades de cada comunidad precisar esto si creen que se tiene que precisar o tiene que haber alguna limitación de aforo, igual que sucedía antes de que se decretase el estado de alarma y como ya ocurre en la fase 3". 

Sobre esta cuestión, el BOE publicado hoy solo indica que las administraciones competentes tendrán que asegurarse de "la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que clientes y trabajadores mantengan la distancia de seguridad".

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