¿Puedo usar el baño de un bar sin consumir? La respuesta podría sorprenderte

La hostelería es uno de los sectores con más autónomos (MIGUEL ÁNGEL).
photo_camera Terrazas junto la catedral en la ciudad de Ourense. (MIGUEL ÁNGEL).
Te contamos todo sobre la ambigüedad en la normativa española del uso de baños en bares sin consumir. ¡Descubre y conoce tus derechos!

Encontrarse por la calle y que la llamada de la naturaleza haga acto de presencia es algo normal, pero no siempre disponemos del tiempo como para poder parar a tomar algo en un bar para poder hacer uso del servicio. Encontrarse en la calle lejos de casa y del trabajo o de cualquier local que haya la suficiente confianza como para que nos deje entrar a usar el servicio sin consumir nada en ese momento es un suplicio, pues "el baño es solo para el uso de clientes" es una frase muy habitual en los locales de restauración, pero, ¿tengo derecho a usar el servicio?

Esta pregunta es la que se hacen muchas personas, pues las normativas de que regulan tanto bares como restaurantes son un mundo desconocido para cualquier persona ajena al entorno. Esta normativa depende de la comunidad autónoma, pues cada una tiene pautas que son propias.

Ciertamente un adulto puede aguantarse hasta llegar a algún punto en el que pueda hacer uso de un baño, sin embargo, cuando se trata de niños, ancianos o incluso personas que tienen algún tipo de problema relacionado con la diuresis y la micción en general, la cosa cambia. También es cierto que en estos casos, muchos locales hacen la vista gorda a pesar de que no tengan obligación a permitir el acceso.

¿Qué dice el Centro de Estudios de Consumo sobre el uso del baño en bares sin consumir?

Según el Centro de Estudios de Consumo (CESCO), la prohibición de utilizar el baño a los usuarios que no hagan una consumición podría ser objeto de infracción grave en algunas comunidades autónomas que exigen el uso libre de los aseos de los establecimientos del sector hostelero por cualquier ciudadano. En otras comunidades por su parte, a falta de legislación estatal, su uso ajeno a la consumición queda en manos del propietario del local.

Los casos concretos de Castilla y León y Zaragoza

En el caso de algunas comunidades autónomas como Castilla y La Mancha o Aragón, sí que existen unas normas recogidas que son específicas para este tipo de situaciones. En el caso de Castilla los bares y restaurantes tienen la obligación de proporcionar  servicios independientes para hombres y para mujeres, pero se reserva a los propietarios el permitir o no el uso del aseo a los usuarios que no consuman.

En el otro lado tenemos el ayuntamiento de Zaragoza, el cual firmó un acuerdo con los hosteleros locales para permitir que cualquier ciudadano use los servicios de su local. A cambio, el municipio otorga un distintivo especial a los establecimientos que acordasen esta propuesta junto con una reducción en la factura del agua.

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