VIGO

El TSXG revoca la retirada de la Cruz de O Castro en Vigo

El tribunal gallego sostiene que el monumento carece del sentido de exaltación de la dictadura

El Tribunal Superior de Galicia ha revocado la sentencia que ordenaba retirar la Cruz de O Castro. En su fallo, que ha contado con el voto particular en contra de una magistrada, sostiene que el monumento, a día de hoy, no tiene un significado de exaltación a la dictadura "una vez desaparecida toda la simbología fascista", por lo que se muestra contraria a la decisión del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Vigo que había dado la razón a la Asociación Viguesa por la Memoria Histórica del 36.

El alto tribunal gallego considera que la cruz no sigue teniendo el componente de exaltación originaria desde que el acuerdo plenario de 1981, adoptado por todas las fuerzas políticas, se retiraron todos los símbolos: el sarcófago, las dos coronas de laurel en bronce, la inscripción de "Caídos por Dios y por España Presentes 1936-1939", los escudos preconstitucionales, los emblemas de la falange y los requetés.

Así, la sentencia afirma que "habiendo desaparecido su carga política puede ser contemplada como un elemento religioso, aunque no fuera su significado originario, puesto que es evidente que se trata de una cruz latina".

No obstante, la decisión judicial asevera que no se puede obviar que la cruz también refleja la persecución por razones políticas en un contexto histórico que "no ha de ser olvidado para que no se repita, de forma que ha de conservarse esa memoria, pero no en el sentido de exaltación de los valores franquistas sino en el que de que permita reflexionar sobre el pasado".

"Como muchos otros monumentos a lo largo de la historia de la humanidad, ha de llevar al conocimiento y reflexión por las generaciones presentes y futuras sobre un pasado ya superado pero que no ha de olvidarse, habiendo de considerarse representativo de los caídos de ambos bandos".

Para la sala, carece de relevancia que se hayan sucedido diferentes partidos políticos en el gobierno municipal sin que retiraran la cruz porque no es hasta la Ley de la Memoria Histórica cuando se contiene la previsión legal objeto de discusión y que, aún admitiendo que originariamente fuera una exaltación de la guerra civil y la dictadura, hoy "no puede compartirse" este significado, por lo que ordena mantener la cruz.



memoria de la humillación

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Vigo ordenó en septiembre pasado la retirada inmediata de la cruz que, según el juez que firmaba la sentencia, constituye una "memoria de la humillación para vencidos, sus víctimas y sus descendientes". El magistrado atendía así a la demanda de la Asociación Viguesa pola Memoria Histórica do 36 resolviendo en su fallo, ahora revocado, el derribo de la cruz, de 12 metros de altura y que fue inaugurada por Franco en 1961.

El Concello se pronunció, en febrero de 2013, en contra de retirar el monumento con el argumento de que se trata de un símbolo religioso y no de la dictadura, a través de un escrito a la asociación demandante por mandato judicial.

En su escrito, el gobierno local admitía que en su día la cruz supuso un "agravio inútil" a la vez que una "humillación innecesaria" y "una afrenta absurda" para los contrarios al régimen.

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