Cerco de la DGT al coche abandonado

El objetivo de la DGT es liberar las ciudades de vehículos abandonados.
photo_camera El objetivo de la DGT es liberar las ciudades de vehículos abandonados.
Una nueva instrucción facilitará la retirada y destrucción de los casi 100.000 vehículos que actualmente están en la vía pública y recintos privados


Todas las ciudades sufren, en mayor o menor medida, el mismo problema, los abandonos de vehículos en la vía pública. Este incordio y actitud nociva para el medioambiente, tiene los días contados con una instrucción publicada por la DGT que permitirá retirarlos con mayor celeridad, incluso los que se encuentran en propiedades privadas, hasta ahora fuera de cualquier tipo de legislación.

Distintos estudios hablan de casi 100.000 vehículos abandonados en distintos puntos de la vía pública, recintos privados y talleres a nivel nacional, una cifra difícilmente sostenible en el tiempo.

Hasta ahora, para destruir un vehículo o que pasase a titularidad pública para el uso en servicios de vigilancia y control de tráfico había que seguir un tedioso proceso civil, que en muchas ocasiones se alargaba demasiado en el tiempo y causaba que el mismo estuviese realmente deteriorado cuando se concluía. Ahora, con este proceso administrativo todo será más sencillo, incluso la destrucción del mismo en un desguace autorizado.

¿CUÁNDO SE DESTRUIRÁN?

La nueva instrucción lo tiene claro. En el caso de que estén avariados hay tres opciones. Cuando el vehículo pase dos meses en un depósito municipal y el propietario no haya puesto una alegación.

También pasará a formar parte del desguace o de los servicios públicos cuando se certifique su abandono al estar estacionado durante más de un mes en el mismo lugar, presente desperfectos que impidan su movimiento o no tenga las placas de matrícula.

En el caso de un vehículo accidentado dentro de una propiedad privada, será el titular del vehículo el que solicite el achatarramiento aportando el documento a la DGT para evitar ser sancionado. 

¿Y SI NO ESTÁ AVERIADO?

En este supuesto, los plazos se amplían, pero al menos habrá una garantía para los propietarios de establecimientos y recintos privados.

Si el vehículo está en un aparcamiento público podrá ser retirado tras seis meses sin ser reclamado. 

En el caso de recintos privados habrá que contemplar si cumple alguno de los requerimientos anteriores, suficientemente amplios como para cumplir la retirada.

Más complejo será en un garaje de una comunidad de vecinos. Habrá que consultar distintas normativas de propiedad horizontal y valorar el posible riesgo del vehículo para la integridad de los otros y el edificio.

A todos esos plazos se añadirá un mes de notificación al propietario. Con esa comunicación ya sea en la dirección electrónica vial, al domicilio o al BOE, el Estado justificará las acciones que se realicen sobre el vehículo que será considerado como abandonado.

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