Tribunales en Ourense

Cárcel para un anciano de Ourense por ofrecer galletas a cambio de abusos sexuales

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photo_camera Juzgados de Ourense.

La Audiencia de Ourense impone al octogenario Francisco P.C. cinco años de cárcel por tocamientos lascivos a una niña de 12 años, “aprovechándose de su discapacidad” mental y cognitiva

Francisco P.C., de 80 años, se aprovechó de la discapacidad intelectual y cognitiva de una vecina de 12 años para abusar sexualmente de ella. El inculpado le ofrecía galletas a la menor, para que se aproximase a él. Después le pedía besos en la boca y en algunas ocasiones  tocó sus genitales pese a su oposición. “Cando me agarraba, non me deixaba marchar e me tocaba”. Así lo relató la víctima cuando fue interrogada en la sala Gesell. Un espacio acondicionado especialmente para testificar en un ambiente más relajado, con asistencia psicológica, y que después sirve a modo de declaración preconstituida para no tener que volver a relatar lo sucedido ante los jueces. 

Según los magistrados de la Audiencia de Ourense, que acaban de condenarlo a cinco años de prisión, se aprovechó de la discapacidad intelectual de la menor, con retraso madurativo y trastorno del lenguaje, es decir, una víctima especialmente vulnerable.

En el juicio, que se celebró a puerta cerrada, se contó con el testimonio de algunos vecinos de Baños de Molgas que vieron el acercamiento lascivo del condenado a la menor y llegaron a grabarlo en vídeo a modo de prueba. Los abusos ocurrieron entre noviembre de 2020  y marzo de 2021 en el domicilio del inculpado, su finca e incluso en la calle.

La joven, según los peritos, debido a la discapacidad del 46% tenía una edad mental (expresión y comprensión) de unos nueve años cuando sufrió los abusos.  

Los vecinos lo grabador para tener pruebas

La Audiencia basa su sentencia condenatoria no solo en el testimonio de la perjudicada, sino de los vecinos, muchos de ellos testigos de todo lo qué sucedía. De hecho fueron ellos los que pusieron en conocimiento de un tío de la víctima y hasta optaron por grabar vídeos para tener pruebas de sus acusaciones. La niña admitió que no se lo contó a su madre por miedo a que le riñese.

“A diferencia de lo que ordinariamente ocurre en los delitos contra la libertad e indemnidad sexual perpetrados en la clandestinidad, en el presente caso junto con la declaración de la menor contamos con los uniformes testimonios de varias vecinas que vieron al acusado tocar de manera lasciva a la menor”, recoge la sentencia. El relato de cuatro vecinas “se erige en abrumadora prueba de cargo, testificando sobre los tocamientos que ellas mismas presenciaron”.

Además de la pena de prisión, la Audiencia añade a los años de cárcel la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 50 metros de la víctima, así como a su domicilio, colegio o cualquier lugar donde se encuentre, y la de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante siete años. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la menor con 3.000 euros. Pese a que la defensa invocó la atenuante de reparación del daño porque ingresó 1.500 euros en la cuenta del juzgado, la sala recuerda que ello no significa la asunción de responsabilidad. “Tal ingreso -recuerda el fallo- no se produce voluntariamente sino a raíz del auto de apertura de juicio oral en la que se acuerda requerir al acusado que preste fianza en la cantidad de 4.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias y que fue recurrido por la defensa”.

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