Las caídas en las calles de Ourense llegan al Consello Consultivo de Galicia

Los bordes de las aceras sin rebajar en los pasos de petones son una dificultad para personas con movilidad reducida (MIGUEL ÁNGEL).
photo_camera Los bordes de las aceras sin rebajar en los pasos de petones son una dificultad para personas con movilidad reducida (MIGUEL ÁNGEL).

Este órgano evaluó daños por tropiezos en el Paseo, Santo Domingo, Serra Martiñá y Luís Trabazos

La ley contempla un supuesto que viene a decir algo así como “mire usted por donde va” para que las administraciones locales consigan salir indemnes de las reclamaciones de las víctimas de caídas en la calle por el mal estado de conservación de las mismas y que, en algunos casos, terminan con el viandante en el hospital. La memoria de 2022 del Consello Consultivo de Galicia, el supremo órgano consultivo independiente de la Xunta de Galicia y de las administraciones públicas gallegas, recoge 16 expedientes tramitados en la provincia de Ourense. Pues cuatro de los informes emitidos son por reclamaciones patrimoniales de caídas en el Concello de Ourense. Todos fallan a favor del gobierno local, aunque acreditan las deficiencias de las calles. El resto de reclamaciones, la mayoría sanitarias, también se desestiman. Sí da la razón el Consello Consultivo a los 25 vecinos de Reza que denunciaron problemas respiratorios y otras dolencias a raíz de la instalación de la depuradora.

La primera víctima del mal estado del pavimento se cayó en la acera de la rúa Luis Trabazos, en la unión del bordillo con un saliente del pavimento. El Consello señala que “é a desatención do peón o factor que, de non concorrer podería evitar o dano”, con base a la doctrina del Tribunal Supremo según la cual “entre las diversas concepciones con arreglo a las cuales la causalidad puede concebirse, se imponen, en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, aquellas que explican el daño por la concurrencia objetiva de factores cuya inexistencia, en hipótesis, hubiera evitado aquel”. 

El Consello Consultivo aplica la desatención del peón a las otras tres caídas que el Concello le envió para evitar pagar las indemnizaciones. En Serra Martiñá, la víctima tropezó en una acera en la que faltaban seis losetas. “Do propio relato realizado pola parte reclamante obtense a apreciación de que a irregularidade do pavimento era perceptible por un peón atento á deambulación, pois a ausencia dos seis lastros constituía unha realidade perfectamente visible a plena luz do día”, concluye este órgano.

En Santo Domingo, la caída fue aparatosa. La víctima dice que caminaba con normalidad y cayó con la cara sobre el bordillo, perdiendo por completo la visión de un ojo. Para el Consello Consultivo, “a hipótese máis plausible é a de que o factor determinante do accidente foi a conduta da propia vítima, que pola súa distracción ou descoido, non actuou coa dilixencia debida tendo en conta as circunstancias da vía, ao tratarse dunha rúa no centro histórico, con pavimento de pedra, o que esixe un maior coidado na marcha por parte dos peóns”.

La última caída que el Concello envió a consulta fue en la rúa do Paseo. La víctima se fracturó la cadera y se lesionó el tobillo derecho por una loseta de piedra rota y levantada. El Consello Consultivo da por probadas las lesiones, pero “non pode determinar, de por si, a existencia de responsabilidade patrimonial do concello”. Apela al mismo principio de la desatención.

Indemnizaciones en Reza

El Consello Consultivo de Galicia sí reconoce a los 25 demandantes de daños por la instalación de la depuradora de Reza su derecho a indemnizaciones del Concello. Fija en 18.200 euros por reclamante la indemnización que debe pagarles el Concello. A uno de ellos, fallecido, le corresponderá a los herederos la indemnización. Se quejaron de enfermedades respiratorias, malos olores y molestias que en algún caso obligaron a los afectados a mudarse. 

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