La Concejalía de Comercio elaboró una ordenanza para potenciar la seguridad y el ahorro energético

El Concello de Ourense prohíbe el alumbrado festivo en alturas inferiores a los 4,80 metros

Alumbrado festivo que adornó el centro de la ciudad en las pasadas Navidades. (Foto: Miguel Ángel)
Marcar criterios de seguridad ciudadana, respeto al patrimonio y racionalizar el consumo energético. Son los objetivos que persigue la Concejalía de Comercio e Industria de Ourense con su ordenanza sobre el alumbrado festivo. Así, prohíbe el uso de lámparas de incandescencia de 6 voltios o más, el alumbrado a menos de 4,80 metros de la calzada o la poda de árboles para fijar el montaje. Asimismo, condiciona el número de elementos ornamentales a la anchura de la calle y fija un horario de funcionamiento.
Cuando en la mente de los ourensanos aún se recuerdan las columnas del balcón del Liceo arrancadas por un camión del servicio de limpieza en las Navidades de 2005, al engancharse en el cable instalado en la balconada del emblemático edificio para la iluminación de las fiestas, la Concejalía de Turismo, Comercio e Industria trata de atajar nuevas situaciones como esta por medio de una Ordenanza sobre la instalación temporal de iluminaciones extraordinarias en las vías públicas de la ciudad. Esta nueva normativa establece que los elementos de instalación colocados sobre calles o calzadas de vehículos no pueden estar a una altura inferior sobre el pavimento de 4,80 metros y a no menos de 3,50 metros sobre las aceras.

‘Marcar criterios de protección ó cidadán’ y el ‘respeto ó patrimonio’, son, precisamente, dos de los objetivos por los que la Concejalía ha creado esta ordenanza, como explica la edil del departamento, la nacionalista Ana Garza. De ahí que la normativa ponga también especial atención en criterios para la fijación de los elementos luminosos, condicionando la colocación de los montajes eléctricos en balcones o barandillas a la ‘seguridade mecánica deste elementos’ o obligando a utilizar materiales adecuados si han de fijarse los elementos ornamentales en los árboles, quedando expresamente prohibido la poda de las especies, fijar la ornamentación con clavos o hierros y la colocación de claves eléctricos sin funda de protección.

La ordenanza nace también para poner en marcha un política de ahorro en el consumo de energía eléctrica, impulsando la reducción de la potencia instalada y la de energía consumida. Así, prohíbe el uso de lámparas de incandescencia de 6 voltios o más, fija la potencia máxima que puede instalarse en las calles en función de la anchura entre fachadas y se establece un horario de encendido.

Póliza de responsabilidad civil: 1,2 millones

La Ordenanza sobre la iluminación festiva obliga, por vez primera, a que las instalaciones del alumbrado se hagan previa autorización municipal. La instalación se hará, fundamentalmente, por iniciativa de las asociaciones vecinales y comerciantes, los cuales, en sus respectivas calles, contratarán con un instalador el montaje de los conjuntos ornamentales y la tramitación con las compañías eléctricas de suministro de energía. La intervención municipal comenzará cuando los particulares soliciten la autorización del Concello para obtener la preceptiva licencia (la normativa fija los plazos de la tramitación) y para, en determinados casos, tener acceso a subvenciones para pagar parte de las instalaciones. Los solicitantes deberán disponer (directamente o a través de los instaladores) de una póliza de responsabilidad civil de como mínimo 1,2 millones de euros para afrontar posibles daños. La normativa nace consensuada con todos los implicados, según la edil Ana Garza.

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