RESOLUCIÓN JUDICIAL

Condenado por conducir ebrio el hombre que llevó al ambulatorio a un corzo

photo_camera Ángel Manuel Romero en el juicio celebrado en Ourense.

La jueza elogió en la sentencia "su especial sensibilidad" hacia los animales 

La jueza del Penal 2, Susana Pazos, condenó a Ángel Manuel Rodríguez, el hombre que llevó a un corzo al Centro de Salud de Viana en agosto de 2011, por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas. La sentencia le impone una multa de 1.920 euros así como la prohibición de conducir vehículos durante un año y cuatro meses.

La magistrada considera "poco creíble" el testimonio del encausado de que bebió en el centro de salud porque el personal sanitario rehusó atender al corzo al que se encontró en una cuneta cuando iba en dirección a Viana sobre las ocho de la mañana del día 25 de agosto. Según recoge el fallo, la jueza "no alberga duda alguna" de que cuando el acusado llegó al ambulatorio "ya lo hacía bajo la negativa influencia del alcohol previamente ingerido". Asimismo, recoge que los agentes de la Guardia Civil que acudieron al lugar, alertados por el personal del centro de salud por su exaltado comportamiento, vieron como intentó de nuevo incorporarase a la circulación, llegando a conducir su vehículo durante unos metros.

Ángel Manuel Rodríguez había manifestado que sólo bebió en el centro médico, de una botella de licor café que tenía en el coche, porque se puso nervioso al ver que no atendían al animal malherido, que finalmente pereció. La magistrada hace valer las manifestaciones de los cuatro agentes de la Guardia Civil que comparecieron en la vista oral: "Declararon de manera rotunda que no vieron al acusado, en momento alguno, ingerir alcohol, ni tampoco vieron botella de licor café alguna". Los mismos testigos habían asegurado que estuvieron todo el tiempo pendientes del acusado con el fin de evitar que se fuera del lugar.

A la jueza le resulta poco creíble que alguien puede llevar una botella de licor café en el coche pero, sobre todo, que hubiera ingerido tal sustancia a las ocho de la mañana en cantidades que superaban en más de tres veces las tasas legalmente permitidas "simplemente por el hecho de estar nervioso".

De todas formas, la magistrada elogia "la especial sensibilidad hacia los animales" del inculpado.

Te puede interesar