Desestimada la denuncia de una ourensana, madre de trillizos, contra el Sergas

La paciente reclamaba un millón de euros por no advertirle que uno de los fetos tenía Síndrome de down

La sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG desestimó la  demanda de una paciente del CHUO, en la que reclamaba 1.169.790 euros a la Consellería de Sanidade por prestarle una asistencia sanitaria defectuosa al no advertirle durante su embarazo de trillizos de la posibilidad de abortar uno de fetos, que nació con Síndrome de Down.

La demandante, según recoge la sentencia, se sometió a un tratamiento de inseminación artificial en el CHUO durante el año 2011, quedando embaraza de trillizos, todas  niñas, que nacieron ese mismo año, aunque una con el citado trastorno genético, tras ser intervenida quirúrgicamente en A Coruña.

La paciente alegaba que la situación se pudo haber detectado durante el embarazo y culpa a los médicos de una "mala praxis" por no informarla de que podría abortar.

Sin embargo, la Consellería de Sanidade argumentó que se advirtió del riesgo del embarazo y se brindó la oportunidad de una reducción embrionaria.  Los magistrados recuerdan en la desestimación del recurso que en el supuesto de que se hubiese detectado el Síndrome de Down ya estaría en la semana 20 de gestación (es cuando se percibe) y ya no sería posible el aborto por el riesgo que correrían sus hermanos. 

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