Los padres y los abuelos pretendían revocar la declaración de desamparo del menor a través de sendos pleitos

La familia del niño obeso retira sus dos demandas contra la Xunta por la tutela

Tanto los padres de M., el niño que padeció problemas de salud debido a su obesidad, y por cuyo motivo la tutela del menor fue asumida por la Xunta, como los abuelos paternos optaron por retirarse de los dos procedimientos civiles planteados por ellos en el Juzgado de Familia . El fin último de las demandas perseguía que al menor no se le declarase en desamparo y les fuera reintegrado. Esta decisión implica que serán archivadas.
Cuatro meses y medio después del revuelo mediático ante la negativa de los padres de asumir las directrices del Servicio de Familia e Menores con respecto a su hijo mayor (M. tiene 10 años), ahora acatan las decisiones de la Administración autonómica con respecto al niño El letrado de los padres, José Manuel Rodríguez Díaz, presentó este último viernes un escueto escrito en el decanato en el que en nombre de los padres y los abuelos éstos desistían de seguir pleiteando con la Administración, apartándose de los dos procedimientos promovidos en el Juzgado, aceptando así las decisiones adoptadas por la Administración y que en su día fueron refrendadas por el juez de Familia, Javier Bobillo, al rechazar el 29 de octubre las medidas cautelares que solicitaban los padres (la suspensión de la resolución de la consellería en la que declaraba el desamparo del niño) mientras no se resolvía el pleito principal por la tutela del menor.

Ánimo atemperado desde que M. duerme en casa

El malestar entre la Xunta y la familia comenzó a suavizarse en el momento en el que la Administración permitió dormir al niño en casa de sus padres, aunque siga tutelado por la institución pública y bajo su control.

La primera consecuencia de la retirada de la familia de los pleitos abiertos contra la Administración fue la suspensión en el día de ayer de la vista que debía celebrarse para , a petición de los abuelos , a modo de medidas cautelares, dejar sin efecto la ejecutividad de la resolución dictada por la consellería en la que se declaraba en desamparo al menor, lo que a la postre determinó la tutela pública del mismo.

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