La Junta Electoral avala que el debate a 5 de la TVG no está obligado a contar con DO

Debate electoral (EP)
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La Junta Electoral Central desestima el recurso de DO contra su exclusión del debate de la CRTVG

La Junta Electoral Central desestima el recurso de DO, y avala así que el debate a 5 de la CRTVG no cuente con la formación de Jácome.

Tal y como recoge el documento de la Junta, DO alegaba ser la fuerza política que gobierna en la tercera ciudad de Galicia, Ourense, que tiene además tres diputados en la Diputación Provincial y más de 18.000 votos en el municipio de Ourense en las elecciones municipales de 2023.

Por ello, consideraban que existe una "discriminación" no invitando a Democracia Ourensana y sí a las candidaturas de Podemos y Sumar, "que carecen de representación parlamentaria en Galicia y cuyas posibilidades de obtener representación, a la vista de los resultados obtenidos en comicios anteriores, son inferiores a las de Democracia Ourensana".

"Los alegatos anteriores no pueden ser compartidos, en primer lugar porque el debate se refiere al proceso electoral en el conjunto de la Comunidad Autónoma de Galicia, y no en la ciudad de Ourense; y, en segundo lugar, porque el ámbito territorial de difusión del medio también es la Comunidad Autónoma", esgrime la Junta Electoral Central.

También ratifican el argumentario de la Xunta Electoral de Galicia objeto del recurso, cuando apuntó que Democracia Ourensana, en las últimas elecciones municipales de 2023, obtuvo en el ámbito de la Comunidad Autónoma un 1,34% de los votos, "muy lejos del 5% fijado por la Junta Electoral Central en su Instrucción 4/2011 como criterio para la consideración como grupo político significativo".

"A ello cabe añadir que solo concurre a este proceso electoral en la circunscripción electoral de Ourense, una de las cuatro en que se celebran las elecciones", apuntan.

Contraponen a la coalición electoral Sumar, que concurrió a los últimos comicios generales del 23 de julio de 2023 y alcanzó un 10,92% de los votos válidos emitidos, obteniendo dos escaños.

El reparto de ese porcentaje entre las dos coaliciones electorales que integran formaciones políticas que formaron parte de la coalición Sumar (Sumar Galicia y Podemos Galicia), lleva a que a cada una de ellas le corresponda un 5,46% de los votos válidos emitidos, explican, "razón por la que la CRTVG ha considerado a estas coaliciones electorales como grupo político significativo en el Plan de Cobertura Informativa".

"No ha habido, por tanto, trato discriminatorio, sino previsión de la cobertura informativa en función de los resultados obtenidos en anteriores procesos electorales por las formaciones políticas concurrentes a las elecciones al Parlamento de Galicia de 18 de febrero de 2024", justifican en el escrito, que concluyen desestimando el recurso de DO.

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